Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña


DOGC núm. 3551 - 11/01/2002


Departamento de Sanidad y Seguridad Social

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RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN

de 5 de diciembre de 2001, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de 4 de diciembre de 2001, por el que se modifican parcialmente los Estatutos de la empresa pública Instituto Catalán de Oncología.

Visto que el Gobierno de la Generalidad, en la sesión del día 4 de diciembre de 2001, adoptó el Acuerdo por el que se modifican parcialmente los Estatutos de la empresa pública Instituto Catalán de Oncología, y encargó al consejero de Sanidad y Seguridad Social que le diera publicidad mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya,

Resuelvo:

Se da publicidad al Acuerdo adoptado por el Gobierno de la Generalidad en la sesión del día 4 de diciembre de 2001, por el que se modifican parcialmente los Estatutos de la empresa pública Instituto Catalán de Oncología, que se incluye anexo a esta Resolución.

Barcelona, 5 de diciembre de 2001

Eduard Rius i Pey

Consejero de Sanidad y Seguridad Social

ACUERDO

del Gobierno de la Generalidad de 4 de diciembre de 2001, por el que se modifican parcialmente los Estatutos de la empresa pública Instituto Catalán de Oncología.

Visto el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 7 de febrero de 1995, por el que se autoriza al Servicio Catalán de la Salud para crear la empresa pública Instituto Catalán de Oncología, y se aprueban sus Estatutos, modificado parcialmente por los acuerdos del Gobierno de 27 de junio de 1995 y de 10 de enero de 2000;

Dado que el Plan director de oncología en Cataluña, aprobado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en la sesión de 12 de abril de 2001, prevé el establecimiento de unidades de atención oncológica de referencia en las diversas regiones sanitarias del país, cuya gestión podría ser encomendada en algún caso al Instituto Catalán de Oncología, se considera necesario ampliar el ámbito territorial de actuación de esta empresa pública.

De conformidad con lo que prevé el artículo 9.f) en relación con el artículo 7.2.4 de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, a propuesta del consejero de Sanidad y Seguridad Social, y con la deliberación previa del Gobierno, se adopta el siguiente acuerdo:

—1  El artículo 3, epígrafe g), párrafo primero, de los Estatutos de la empresa pública Instituto Catalán de Oncología queda redactado en los siguientes términos:

"g) La prestación de asistencia oncológica en los ámbitos que le sean encomendados."

—2  El artículo 16 de los Estatutos de la empresa pública Instituto Catalán de Oncología queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 16

"La empresa pública Instituto Catalán de Oncología y el Instituto Catalán de la Salud o las restantes entidades sanitarias que procedan en cada caso establecerán un convenio de colaboración con el fin de coordinar adecuadamente las actuaciones de la empresa con las actividades de los centros asistenciales con los que la misma tiene relación."

—3  Se encarga a la persona titular del Departamento de Sanidad y Seguridad Social que haga público este Acuerdo mediante su inserción en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

(01.345.143)