Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña


DOGC núm. 3972 - 22/09/2003


DEPARTAMENTO DE CULTURA

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RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN

CLT/2810/2003, de 5 de septiembre, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de cuatro puestos de trabajo de la Dirección General de Promoción Cultural (convocatoria de provisión núm. CU/009/03).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes los puestos de trabajo objeto de convocatoria y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y las descripciones de los puestos de trabajo a proveer, incluidas en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Dado lo que dispone la Resolución de 19 de septiembre de 2001 (DOGC núm. 3489, de 9.10.2001), de delegación de competencias del consejero de Cultura,

Resuelvo:

.1  Convocar concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de cuatro puestos de trabajo de la Dirección General de Promoción Cultural del Departamento de Cultura (convocatoria de provisión núm. CU/009/03), que se detallan en el anexo 2.

.2  Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Cultura en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, ante el Juzgado contencioso administrativo competente, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 5 de septiembre de 2003

P. D. (Resolución de 19.9.2001,

DOGC de 9.10.2001)

Pau Villòria i Sistach

Secretario general

Anexo 1

.1  Puestos de trabajo

Se convoca concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de cuatro puestos de trabajo, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

.2  Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3  Requisitos de participación

3.1  Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario, no integrado, que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrán participar los funcionarios de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado, a los cuales no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 Para poder participar, los funcionarios con destino definitivo tendrán que haber permanecido un mínimo de un año en puestos del mismo nivel desde el que se concursa excepto que el puesto a proveer sea del mismo departamento, o cuando se concurse desde un puesto de libre designación.

3.2  Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3  Asimismo, para poder participar en esta convocatoria es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, la Junta de Méritos y Capacidades evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante lo anterior, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiere establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4  En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios que se encuentren en suspensión de ocupación, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de cargos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio de que los destituidos de cargos puedan participar para puestos singulares. Tampoco podrán tomar parte los funcionarios en situación diferente a servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.5  Los requisitos de participación se han de reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

.4  Solicitudes

4.1  Las solicitudes para tomar parte en este concurso se han de presentar en el Registro general del Departamento de Cultura (Rambla de Santa Mònica, 8, 08002, Barcelona), en los servicios territoriales de Cultura (c. de Muntaner, 221, 08036, Barcelona; c. dels Ciutadans, 18, 17004, Girona; rambla d'Aragó, 8, 25002, Lleida; c. Major, 14, 43003, Tarragona, y c. del Dr. Ferran, 6-8, 43500, Tortosa) o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en la redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles computados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC. Igualmente, se pueden obtener en la siguiente dirección de internet: http//gencat.net/governacio-ri/administracio/imande.htm

4.2  Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se admitirán renuncias a la participación al concurso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que la Junta de Méritos y Capacidades decidiera aceptarlas, una vez transcurrido el citado plazo, por causas debidamente justificadas.

4.3  La solicitud se deberá formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997).

4.4  Con la solicitud deberá adjuntarse una declaración de los méritos y capacidades que se aleguen, así como un certificado, emitido por el órgano competente en materia de personal, acreditativo de los requisitos de participación y de los méritos y capacidades alegados.

4.5  Los aspirantes a que hace referencia la base 3.2 han de adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), para que la Junta de Méritos y Capacidades pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo podrán pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

Estos candidatos podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las técnicas de acreditación de los méritos y capacidades.

4.6  Los aspirantes han de consignar en la solicitud de participación la denominación y el código de identificación del puesto de trabajo al que se opta y, si se quiere concursar a la vez por más de un puesto de esta convocatoria, se deberán indicar las denominaciones y los códigos correspondientes de los puestos a los cuales se opta por orden de preferencia.

En el caso que no se manifieste la preferencia del orden de prioridad de las plazas solicitadas, la Junta de Méritos y Capacidades lo determinará en función de criterios objetivamente deducibles de la solicitud de participación.

.5  Fases del concurso y propuesta de resolución

5.1  Los méritos y capacidades de los candidatos para ocupar el puesto convocado se valorarán hasta 100 puntos. Este concurso consta de dos fases, que incluirán la totalidad de los méritos y capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. La propuesta de resolución recaerá en el candidato que obtenga la mejor valoración global.

5.2  En el caso de empate en el conjunto del concurso, se ha de dirimir teniendo en cuenta la calificación total obtenida en la primera fase de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirimirá en función de la mayor puntuación obtenida, en primer lugar, por la antigüedad, y en segundo lugar, por la del grado personal consolidado.

.6  Méritos y capacidades a valorar

6.1  Primera fase.

Se valorarán, hasta 70 puntos en total, en relación con el puesto de trabajo a proveer los méritos y capacidades siguientes:

6.1.1 Trabajo desarrollado.

Se valorará, hasta un máximo de 35 puntos, el trabajo desarrollado en función de la experiencia adquirida, especialmente en el ejercicio de funciones similares a las propias del puesto convocado, teniendo en cuenta el contenido técnico y la especialización de los puestos ocupados en relación con el que se convoca y las aptitudes y habilidades requeridas, con especial consideración a la experiencia que consta en los apartados 1 y 5 del anexo 2.

6.1.2 Formación y perfeccionamiento.

Se valorarán, hasta un máximo de 10 puntos, las publicaciones y la docencia impartida por los aspirantes y la asistencia y/o aprovechamiento a los cursos de formación y de perfeccionamiento que versen sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, o con habilidades que este puesto requiere, en función de su utilidad, teniendo en consideración, especialmente, los conocimientos que se establecen en los apartados 1 y 5 del anexo 2.

6.1.3 Grado personal.

El grado personal consolidado, dentro del intervalo del grupo del puesto convocado, se valorará hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente:

Grado consolidado superior al nivel del puesto convocado: 5 puntos.

Grado consolidado igual al nivel del puesto convocado: 4 puntos.

Grado consolidado inferior al nivel del puesto convocado: 3 puntos.

6.1.4 Antigüedad.

La antigüedad en servicios prestados se valora a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta 10 puntos en total.

Se computan los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y disposiciones concordantes, teniendo en cuenta que el tiempo de servicios prestados simultáneamente sólo se computará una vez.

6.1.5 Titulaciones académicas.

Las titulaciones académicas oficiales, cuando sean relevantes para el puesto de trabajo a proveer, se valoran, hasta 5 puntos, en función de los conocimientos requeridos, competencia y especialización para este puesto, teniendo en consideración especialmente las que establecen los apartados 1 y 5 del anexo 2.

En ningún caso se evalúan las titulaciones académicas de nivel inferior que sean necesarias para conseguir otras de nivel superior que se puedan alegar como requisito o como mérito, así como aquellas que sean requisito, teniendo en consideración lo que se establece en el anexo 2.

6.1.6 Conocimientos de la lengua catalana.

Por los cursos o certificados de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística o equivalente acreditativos de conocimientos del nivel superior al requerido y/o por los conocimientos de lenguaje especializado, se otorgan hasta 5 puntos.

6.2  Sistema de acreditación de la primera fase.

Con la finalidad de acreditar los méritos y las capacidades a que se refiere la base 6.1, se aportará, en el plazo de presentación de solicitudes, la siguiente documentación:

6.2.1 Los datos correspondientes a los méritos y capacidades referentes a trabajo desarrollado, grado personal consolidado y antigüedad se acreditarán mediante certificado emitido, a este efecto, por el órgano competente en materia de personal del departamento o de la Administración Pública correspondiente con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

6.2.2 El resto de datos sobre los méritos y capacidades referentes a formación y perfeccionamiento, titulaciones académicas y conocimientos de lengua catalana, se acreditarán mediante la certificación correspondiente del órgano competente, excepto que conste copia del justificante en el expediente personal en este Departamento, cosa que deberán hacer constar los concursantes en su solicitud de participación.

6.3  Fecha de referencia de los méritos y capacidades de la primera fase.

La fecha de referencia de estos méritos y capacidades para su valoración será la de la publicación de la presente convocatoria en el DOGC, y sólo se tendrán en cuenta los méritos alegados y justificados en el plazo de presentación de solicitudes.

6.4  Segunda fase.

Los méritos y capacidades complementarios consistentes en otros conocimientos, habilidades y/o aptitudes, se valorarán, hasta 30 puntos en total, para garantizar la selección del candidato más idóneo, de acuerdo con el contenido funcional del puesto a proveer.

En ningún caso se valorarán en este apartado los cursos de formación y perfeccionamiento ni las titulaciones académicas ni conocimientos de la lengua catalana, que se han de valorar en las bases 6.1.2, 6.1.5 y 6.1.6 de esta convocatoria.

6.5  Sistemas de acreditación de los méritos y capacidades de la segunda fase:

6.5.1 Otros conocimientos.

Para acreditar este mérito, los candidatos deberán elaborar una memoria, que versará sobre el contenido funcional del puesto a proveer de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo, en la norma funcional y en el manual de organización, teniendo en cuenta, especialmente, el contenido del apartado "otros conocimientos" del punto 5 del anexo 2.

La memoria ha de constar de dos partes, una consistente en un análisis de las funciones del puesto convocado y otra en un estudio o proyecto de mejora organizativa o funcional. Este documento ha de tener una extensión mínima de 15 páginas y máxima de 25 páginas DIN A4, y ha de ser presentada en el Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior del Departamento de Cultura en la rambla de Santa Mònica, núm. 8, 08002 de Barcelona, dentro del plazo de presentación de solicitudes, y como máximo en el plazo de 10 días naturales desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, los candidatos expondrán la memoria ante la Junta de Méritos y Capacidades, durante un plazo de 20 minutos aproximadamente, y a continuación, los miembros de la Junta de Méritos y Capacidades podrán efectuar las preguntas o pedir las aclaraciones que consideren oportunas.

.7  Junta de Méritos y Capacidades

7.1  El órgano colegiado al cual corresponde el desarrollo de este proceso de provisión de acuerdo con lo que prevén los artículos 29 y siguientes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, es la Junta de Méritos y Capacidades, que está formada por las personas siguientes:

Titulares:

Sra. Rosa Maria Pascual i Martínez, que actuará como presidenta.

Sra. M. del Carme Galimany i Bonrepaux, que actuará como vocal.

Sr. Antoni Herrera i Pérez, que actuará como vocal.

Sra. Anna Soler i Gràcia, que actuará como representante del OTPL.

Sra. Carme Cuartero Torrentó, que actuará como representante del OTPL.

Suplentes:

Sr. Jordi Domeque i Arayo , que actuará como presidente.

Sr. Jordi Vinyoles i Castells, que actuará como vocal.

Sra. Marta Martínez i Mascorda, que actuará como vocal.

Sra. M. Àngels Borràs Payerol, que actuará como representante del OTPL.

Sr. Jordi Cabré Menéndez, que actuará como representante del OTPL.

7.2  La Junta de Méritos y Capacidades podrá solicitar el nombramiento de asesores especialistas, los cuales actuarán con voz pero sin voto.

.8  Funciones y actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades

8.1  Las funciones y las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades se sujetarán a lo que determinan los artículos 38 y siguientes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo.

8.2  La Junta de Méritos y Capacidades tiene la facultad de convocar personalmente a los candidatos para aclarar puntos dudosos de los méritos y capacidades u otros aspectos de la documentación aportada por los interesados cuando lo considere conveniente.

8.3  En general, las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades que requieran notificación a los aspirantes se harán públicas en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones indicadas en la base 4.1 de esta convocatoria.

.9  Procedimiento

9.1  Transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes y de renuncias, la Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de los motivos de exclusión, la cual será expuesta de acuerdo con lo que establece la base 8.3.

9.2  En el mismo momento de la exposición citada en el apartado anterior, la Junta de Méritos y Capacidades anunciará la realización de las técnicas de acreditación de méritos y capacidades, establecidas en la base 6.5, indicando, con una antelación mínima de 5 días, la fecha, la hora y el lugar y en su caso, las condiciones de ejecución.

9.3  Realizada la valoración de los méritos y las capacidades previstos según los sistemas de acreditación que se han establecido, la Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta provisional de resolución del concurso, la cual será expuesta con la finalidad de que los interesados puedan formular, en el plazo de diez días, las observaciones o las reclamaciones que consideren pertinentes.

9.4  La Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta definitiva de resolución del concurso, que elevará al órgano convocante para que, si procede, la apruebe y elabore la resolución definitiva del concurso.

.10  Régimen de impugnaciones

Contra los actos definitivos o de trámite de la Junta de Méritos y Capacidades si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a los derechos y intereses legítimos, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el secretario general del Departamento de Cultura, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su exposición pública, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

.11  Resolución del concurso

11.1  La resolución definitiva del concurso se dictará en el plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se publicará en el DOGC.

11.2  El destino adjudicado es irrenunciable, excepto que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo período de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

11.3  Antes de la toma de posesión, el interesado ha de acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluido en ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible, en los diez días a contar desde el inicio del plazo de toma de posesión, se ha de solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

.12  Plazos de formalización de cese y toma de posesión

12.1  La resolución de nombramiento comportará, si procede, el cese en el puesto anterior.

12.2  El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de dos días hábiles si no implica cambio de localidad de residencia del funcionario, o de 15 días si comporta cambio de localidad de residencia, el cual se deberá acreditar documentalmente.

12.3  Este plazo se computará a partir del día siguiente del cese, el cual se deberá efectuar en los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando dicha resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá contar desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC.

12.4  Excepcionalmente, el plazo para la toma de posesión se podrá prorrogar, si el funcionario cambia de localidad de residencia, por resolución del secretario general del Departamento donde ha de ir destinado el funcionario, como máximo por 15 días más, cuando concurran circunstancias debidamente motivadas.

12.5  Asimismo, y según lo que establece el artículo 76.1 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, se podrá prorrogar el plazo del cese hasta un máximo de tres meses, siempre que esta prórroga sea indispensable y motivada por las necesidades del servicio.

12.6  A efectos del cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

12.7  Las diligencias de cese y toma de posesión de los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo se deberán comunicar al Registro general de personal en los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

.1  Características del puesto de trabajo

Identificación del puesto: código puesto núm. 1

Nombre del puesto: responsable de Planificación, Estudios y Difusión.

Departamento: Cultura.

Unidad directiva: Dirección General de Promoción Cultural.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 24.

Complemento específico: 12.206,16 euros.

Horario: normal.

Tipo de puesto: puesto singular.

Forma de provisión: concurso específico.

.2  Requisitos de participación

Grupo: A.

Movilidad: Administración de la Generalidad de Cataluña.

Colectivo de cuerpos: únicamente de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general.

.3  Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

.4  Contenido funcional

Misión

Elaborar o coordinar la elaboración de los planes de actuación de la Dirección General de Promoción Cultural, coordinar la elaboración y difusión de informes en el ámbito de competencia de la dirección general y desarrollar programas sectoriales y de implantación de las nuevas tecnologías como herramienta de difusión cultural.

Finalidades/funciones:

a. Elaborar los planes de promoción cultural, el plan anual de actuaciones, el Cuadro de Mando Departamental, la documentación relativa a CAT-21 y otros instrumentos de planificación y control de la Dirección General de Promoción Cultural.

b. Elaborar y difundir estudios e informes sobre desarrollo de políticas culturales y la acción de gobierno, en el ámbito de competencia de la Dirección General de Promoción Cultural.

c. Elaborar otros estudios técnicos e informes especializados sobre los diferentes campos que afecten a la Dirección General de Promoción Cultural.

d. Proponer e impulsar la implantación de mejora de procesos y de nuevos sistemas de difusión de la actividad cultural, en el ámbito de competencia de la Dirección General de Promoción Cultural.

e. Hacer propuestas de indicadores sectoriales y de análisis de las políticas culturales, así como coordinar la recogida de información para elaborarlos.

f. Iniciar, impulsar y hacer el seguimiento de procesos de mejora, de calidad y racionalización de la gestión de aquellas actuaciones que incidan en la actuación externa de la Dirección General.

g. Dar asistencia y apoyo a la Subdirección General de Promoción Cultural en el ejercicio de sus funciones.

Tareas básicas o actividades:

a. Coordina y elabora planes de promoción cultural genéricos y específicos en el campo de la música, el teatro, la danza, el circo, la prensa y la promoción del libro y la lectura y hace el seguimiento de su implantación.

b. Coordina y elabora la planificación anual de actuaciones y prepara el Cuadro de Mando Departamental de la Dirección General de Promoción Cultural.

c. Representa la Dirección General en proyectos de mejora de la administración, como por ejemplo, el proyecto CAT-21.

d. Elabora y difunde estudios e informes sectoriales, de legislación en materia de cultura y sobre cualquier otro tema de competencia de la Dirección General.

e. Elabora e impulsa propuestas de mejora de procesos y de implantación de las redes telemáticas en materia de difusión cultural, en el ámbito de competencia de la Dirección General.

f. Inicia, impulsa y hace el seguimiento de procesos de mejora, de calidad y racionalización de la gestión de actuaciones que incidan en la actuación externa de la Dirección General, como por ejemplo, la evaluación de solicitudes de subvención.

g. Representa la Dirección General de Promoción Cultural en el Consejo Editor de los webs del Departamento de Cultura.

h. Coordina la actualización del web del Departamento de Cultura, en el ámbito de competencia de la Dirección General.

i. Coordina la elaboración de informes relativos a relaciones institucionales, especialmente todos aquellos relacionados con el Parlamento de Cataluña.

j. Coordina la elaboración de informes relativos a programas transversales del Gobierno de la Generalidad: Plan Interdepartamental de Inmigración, Plan Nacional de la Juventud, Plan Interdepartamental de la Mujer, etc.

k. Prepara informes para reuniones de coordinación con otros organismos (otras administraciones, asociaciones sectoriales, etc.)

l. Elabora informes relativos a los programas de Cultura de la Unión Europea, en el ámbito de competencia de la Dirección General.

m. Coordina y supervisa la memoria de la Dirección General de Promoción Cultural, de los planes de normalización lingüística i de los planes comarcales y de montaña.

n. Propone y participa en el diseño de nuevas aplicaciones informáticas, en aquellos campos de su ámbito de competencia.

o. Recopila información de interés para la Dirección General de Promoción Cultural.

p. Define indicadores de seguimiento de políticas y sectores culturales, y coordina la recogida y difusión de datos.

q. Analiza y evalúa los resultados de los indicadores de seguimiento de los sectores culturales.

r. Da asistencia y apoyo a la Subdirección General de Promoción Cultural en el ejercicio de sus funciones.

.5  Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

Conocimientos en inglés, francés, derechos de autor y propiedad intelectual, Unión Europea e informática a nivel de usuario (word, excel, power point, acces, etc.)

Experiencia en planificación estratégica y elaboración de cuadros de mando; desarrollo de nuevos proyectos; análisis y mejora de procesos; definición y seguimiento de la elaboración de estudios sectoriales; relaciones institucionales; definición, análisis y evaluación de indicadores; coordinación y elaboración de informes, y en difusión mediante páginas web.

Otros conocimientos:

Conocimientos en políticas culturales; herramientas de planificación y gestión; mejora de procesos; desarrollo de sitios web, y en Internet y Dreamweaver.

.1  Características del puesto de trabajo

Identificación del puesto: código puesto núm. 2.

Nombre del puesto: responsable técnico de Recursos y Programación.

Departamento: Cultura.

Unidad directiva: Dirección General de Promoción Cultural.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 24.

Complemento específico: 11.226,84 euros.

Horario: normal.

Tipo de puesto: puesto singular.

Forma de provisión: concurso específico.

Formación específica: conocimientos de gestión presupuestaria, experiencia en gestión administrativa y conocimientos y/o experiencia en planificación y organización.

.2  Requisitos de participación

Grupo: A.

Movilidad: Administración de la Generalidad de Cataluña.

Colectivo de cuerpos: únicamente de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general.

.3  Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

.4  Contenido funcional

Misión

Iniciar, impulsar y hacer el seguimiento, bajo la coordinación y supervisión de la Subdirección General de Promoción Cultural, de los trámites de toda la gestión administrativa de la Dirección General de Promoción Cultural, con excepción de la gestión de las subvenciones, y asumir las funciones que le sean encargadas o delegadas por el subdirector general.

Finalidades/funciones:

a. Gestionar y hacer el seguimiento de toda la gestión administrativa, excepto la de las subvenciones, y de los recursos de la Dirección General.

b. Iniciar, impulsar y hacer el seguimiento de los procesos de mejora, de calidad y racionalización de la gestión de aquellas actuaciones que inciden en la organización de la Dirección General.

c. Dar asistencia y apoyo a la Subdirección General de Promoción Cultural en el ejercicio de sus funciones.

Tareas básicas o actividades:

a. Gestiona y hace el seguimiento de las actuaciones administrativas de la Dirección General, excluidas las de la gestión de las subvenciones.

b. Prepara las propuestas y proyectos de modificación de estructura orgánica y de planificación de recursos humanos que plantee la Dirección General.

c. Supervisa las tareas de gestión y administración de recursos humanos de la Dirección General.

d. Coordina y elabora el anteproyecto de presupuesto de la Dirección General de Promoción Cultural, y elabora la información necesaria para dar respuesta a las enmiendas que plantee el Parlamento.

e. Elabora la programación económica anual de la Dirección General de Promoción Cultural y controla la ejecución del presupuesto.

f. Gestiona el presupuesto correspondiente a gasto corriente e inversión de la Dirección General de Promoción Cultural y tramita los expedientes administrativos y contables correspondientes.

g. Gestiona, a partir de las propuestas del Delegado de Artes Plásticas, las adquisiciones de obras destinadas al Fondo de Arte de la Generalidad de Cataluña.

h. Inicia e impulsa nuevos proyectos y propuestas de mejora y calidad de la gestión administrativa.

i. Hace el seguimiento de la gestión económica de las entidades y consorcios adscritos a la Dirección General de Promoción Cultural y elabora los informes que correspondan.

j. Gestiona el Consorcio del Plan de Rehabilitación y Equipamiento de Teatros de Barcelona y actúa como secretario de sus órganos de gobierno y asistencia, de acuerdo con la Resolución del consejero que lo nombra secretario y responsable de Gestión del Consorcio.

k. Realiza las funciones o tareas que le sean encargadas por la Subdirección General de Promoción Cultural así como las funciones de supervisión que en cada momento se consideren necesarias organizativamente.

.5  Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

Conocimientos en organización administrativa; de derecho administrativo, especialmente en lo que concierne a procedimiento administrativo; en análisis y mejora de procesos, y de ofimática a nivel de usuario.

Experiencia en contratación administrativa.

Otros conocimientos:

Conocimientos de la normativa de función pública y personal. Conocimientos de contabilidad, de gestión del gasto y de elaboración de presupuesto.

.1  Características del puesto de trabajo

Identificación del puesto: código puesto núm. 3.

Nombre del puesto: responsable técnico de Gestión de Subvenciones.

Departamento: Cultura.

Unidad directiva: Dirección General de Promoción Cultural.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 23.

Complemento específico: 9.677,04 euros.

Horario: normal.

Tipo de puesto: puesto singular.

Forma de provisión: concurso específico.

.2  Requisitos de participación

Grupo: A.

Movilidad: administración de la Generalidad de Cataluña.

Colectivo de cuerpos: únicamente de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general.

.3  Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

.4  Contenido funcional

Misión

Coordinar y organizar los programas de subvención correspondientes, de acuerdo con las directrices del Servicio de Gestión de Promoción Cultural, con el fin de optimizar al máximo los recursos disponibles.

Finalidades/funciones:

a. Coordinar el proceso a tramitación de las subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural, que le estén asignados.

b. Gestionar los bancos de datos de subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural que le sean encomendados.

c. Gestionar los créditos presupuestarios asociados a las diferentes líneas de subvención, así como informar sobre su ejecución.

d. Informar sobre los recursos disponibles y realizar propuestas de optimización con el fin de alcanzar su máxima racionalización.

Tareas básicas o actividades:

a. Participa en las reuniones de redacción de las diferentes órdenes de convocatoria de subvenciones, que le sean encomendadas.

b. Participa en las reuniones donde se propone el diseño de los diferentes modelos de solicitud de subvención.

c. Planifica y organiza el proceso de recepción y clasificación de las subvenciones presentadas.

d. Prepara y participa en las diferentes comisiones de evaluación de las subvenciones.

e. Supervisa el estado de los expedientes de subvenciones y, si procede, la subsanación de los defectos formales detectados, centrándose especialmente en los requisitos y condiciones necesarios así como en el estado de la documentación presentada por los solicitantes.

f. Coordina la actuación de los diferentes servicios territoriales del Departamento de Cultura, en relación con las solicitudes de subvención presentadas en cada una de sus sedes.

g. Elabora la relación de solicitantes e informa en la aplicación de subvenciones del Departamento de Cultura.

h. Da apoyo a los responsables de la Dirección General en el proceso de elaboración de las diferentes propuestas de subvención.

i. Coordina la actuación administrativa relativa a la tramitación de las propuestas de subvención, así como de las comunicaciones a los interesados.

j. Informa los recursos administrativos presentados por los administrados en relación con los procesos/expedientes de subvención, así como de otros temas que le sean asignados por sus superiores.

k. Realiza el seguimiento y supervisión del proceso de justificación de las subvenciones concedidas.

l. Gestiona los créditos presupuestarios asignados para hacer frente al pago de las respectivas subvenciones.

m. Elabora propuestas de mejora de los procesos de tramitación y de gestión de las subvenciones.

n. Informa sobre los resultados de los programas ejecutados.

o. Gestiona los bancos de datos de subvenciones que tiene asignados y asegura su actualización.

p. Organiza, en su ámbito, los equipos humanos que tienen asignados las tareas de gestión y tramitación de las subvenciones.

.5  Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

Conocimiento de derecho administrativo, especialmente el que hace referencia a procedimiento administrativo. Conocimientos sobre normativa presupuestaria y gestión de subvenciones. Conocimientos de informática a nivel de usuario de las principales aplicaciones de tratamiento de textos, hojas de cálculo y base de datos en entorno Windows.

Experiencia en el seguimiento de la ejecución de actividades e infraestructuras culturales subvencionadas y en la evaluación de los resultados.

Otros conocimientos:

Conocimientos amplios sobre tramitación de subvenciones y organización administrativa.

.1  Características del puesto de trabajo

Identificación del puesto: código puesto núm. 4.

Nombre del puesto: responsable de Seguimiento en Materia de Gestión de Recursos Humanos.

Departamento: Cultura.

Unidad directiva: Dirección General de Promoción Cultural.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 22.

Complemento específico: 8.812,56 euros.

Horario: normal.

Tipo de puesto: puesto singular.

Forma de provisión: concurso específico.

Formación específica: conocimientos de gestión de personal, conocimientos del área de recursos humanos y experiencia en temas de formación.

.2  Requisitos de participación

Grupos: A y B.

Movilidad: administración de la Generalidad de Cataluña.

Colectivo de cuerpos: únicamente de administración general de los grupos correspondientes.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general y cuerpo de gestión de administración general.

.3  Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

.4  Contenido funcional

Misión

Coordinar la actuación administrativa de los recursos humanos e impulsar propuestas de mejora en la eficacia de su gestión de acuerdo con las directrices de la Dirección General de Promoción Cultural, con el fin de conseguir la optimización máxima de los mismos.

Finalidades/funciones:

a. Analizar los perfiles profesionales más adecuados de las plazas de la Dirección General para optimizar los recursos humanos.

b. Promover y hacer el seguimiento de las propuestas de mejora dirigidas a conseguir una mayor eficacia en los diferentes aspectos de la gestión de los recursos humanos.

c. Coordinar y hacer el seguimiento de todas aquellas actuaciones administrativas que genere la administración diaria de los recursos humanos.

Tareas básicas o actividades:

a. Analiza, estudia y evalúa los perfiles profesionales de las plazas de la Dirección General de Promoción Cultural y elabora propuestas dirigidas a la cobertura de las necesidades detectadas.

b. Supervisa los procesos de funcionarización, así como los procesos de acceso del grupo D al C, así como de aquéllos otros que se vayan produciendo, y resuelve, en primera instancia, aquellas dudas que le plantee el personal en materia de recursos humanos.

c. Coordina la información del programa EPOCA, siendo el interlocutor de la Dirección General en aquellas cuestiones que contempla el programa, y ejerce las tareas de validador en la gestión de los permisos y licencias que se tramitan a través del programa EPOCA, así como también controla y gestiona la compensación de los trabajos realizados fuera de la jornada habitual.

d. Detecta las necesidades formativas del personal de la Dirección General, y las traslada al responsable de formación del Departamento.

e. Elabora los planes de formación de la Dirección General de Promoción Cultural según sus necesidades, y coordina su demanda y posterior asignación al personal interesado.

f. Controla y mantiene al día la relación de puestos de trabajo de la Dirección General de Promoción Cultural, según las periódicas actualizaciones publicadas en el DOGC.

g. Impulsa propuestas de mejora de los circuitos de información y de comunicación interna en materia de relaciones humanas.

h. Elabora las propuestas de la Dirección General de Promoción Cultural con el fin de solicitar la provisión de las plazas vacantes.

i. Hace el seguimiento del control de fichajes y de los diversos tipos de incidencias horarias reglamentariamente establecidas.

j. Analiza las incidencias producidas en las diferentes unidades orgánicas de la Dirección General, gestiona su justificación, y, si procede, elabora los informes correspondientes.

k. Coordina con el Servicio de Recursos Humanos la justificación de estas incidencias.

l. Supervisa la elaboración de los listados mensuales y la correcta asignación de tiquets comedor y controla su distribución.

m. Coordina y elabora los cuadros de vacaciones de verano, Navidad y Semana Santa del personal de la Dirección General de Promoción Cultural.

n. Informa sobre las convocatorias del Fondo de Acción Social.

o. Informa sobre los procesos de provisión de puestos de trabajo.

p. Controla y tramita las dietas del personal adscrito a la Dirección General de Promoción Cultural.

.5  Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

Conocimiento sobre procedimiento administrativo y gestión del presupuesto.

Experiencia en el desarrollo de puestos de mando con equipo de personas.

Experiencia en recogida, análisis y distribución de grandes cantidades de información. Habilidad negociadora.

Titulaciones académicas convenientes: derecho y graduado social.

Otros conocimientos:

Conocimiento sobre normativa en materia de función pública y personal. Experiencia y conocimiento en planificación, organización y gestión administrativa. Conocimientos avanzados de informática tanto a nivel de usuario como de diseño de base de datos. Conocimiento en el uso de aplicaciones informáticas especializadas en legislación y programa EPOCA.

(03.248.074)