Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña


DOGC núm. 3972 - 22/09/2003


DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL

Instituto Catalán de la Salud

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RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN

SSS/2811/2003, de 2 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria del concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo de jefe/a de la Unidad de Sistemas de Información y Documentación del Hospital Universitario Vall d'Hebron de Barcelona (convocatoria CH-2003/06).

Dado que en la relación de plazas que componen el organigrama correspondiente a la estructura de dirección, gestión y administración del Hospital Universitario Vall d'Hebron, aprobado en la sesión del Gobierno de la Generalidad de Cataluña del día 12 de septiembre de 2001, figura la de jefe/a de la Unidad de Sistemas de Información y Documentación del Hospital Universitario Vall d'Hebron de Barcelona, que depende del/de la director/a de Organización y Sistemas;

Dada la necesidad de proveer dicho puesto de trabajo, que está dotado presupuestariamente;

De conformidad con lo que prevé la Orden del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de 29 de diciembre de 1995, por la que se establece el procedimiento de selección y provisión de los puestos de trabajo de jefe/a de unidad correspondientes a la estructura orgánica de dirección, gestión y administración de las instituciones hospitalarias gestionadas por el Instituto Catalán de la Salud;

En virtud de las competencias asignadas por el artículo 3 del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuración del Instituto Catalán de la Salud,

Resuelvo:

Artículo 1

Se hace pública la convocatoria del concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo de jefe/a de la Unidad de Sistemas de Información y Documentación del Hospital Universitario Vall d'Hebron, dependiente del Instituto Catalán de la Salud, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución (convocatoria CH-2003/06).

Artículo 2

De acuerdo con lo que establecen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto 262/2000, de 31 de julio, de reestructuración del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, contra esta Resolución las personas interesadas podrán interponer un recurso de alzada ante el consejero de Sanidad y Seguridad Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación.

Barcelona, 2 de septiembre de 2003

Josep Ganduxé i Soler

Director gerente

Anexo 1

Bases

.1  Características generales

La Unidad de Sistemas de Información y Documentación del Hospital Universitario Vall d'Hebron actuará bajo la dependencia del/de la director/a de Organización y Sistemas.

1.1  Las funciones a ejercer por el/la jefe/a de la Unidad de Sistemas de Información y Documentación del Hospital Universitario Vall d'Hebron son las siguientes:

a) Crear los canales de información necesaria con el personal asistencial para facilitar el uso de la información clínica, así como desarrollar las opciones tecnológicas que permitan un uso más eficiente.

b) Garantizar la confidencialidad y la correcta utilización de la información clínica.

c) Desarrollar los criterios de diseño, codificación y registro de las bases de datos del Hospital Universitario Vall d'Hebron necesarios para el seguimiento y evaluación de la actividad asistencial.

d) Desarrollar las funciones que en materia de su competencia le sean encomendadas.

1.2  Las retribuciones de la persona que ocupe el puesto objeto de convocatoria son las que fijan los acuerdos del Gobierno de 19 y 21 de noviembre de 1990, y el Acuerdo del Gobierno de 17 de febrero de 1992, sobre retribuciones de los puestos de trabajo de la estructura de dirección, gestión y administración de las instituciones hospitalarias de la Seguridad Social gestionadas por el Instituto Catalán de la Salud correspondientes a un hospital del primer grupo.

1.3  La persona que resulte seleccionada mantendrá con el Instituto Catalán de la Salud una relación de ocupación de naturaleza laboral que se regirá por las estipulaciones establecidas en su contrato de trabajo y por las normas contenidas en el Estatuto de los trabajadores y disposiciones concordantes.

1.4  En el supuesto de que la persona seleccionada proceda de la Administración estatal, autonómica, local o institucional, pasará a la situación administrativa que le corresponda de conformidad con lo que disponga la normativa o el convenio que le sea de aplicación.

1.5  La persona seleccionada tendrá un período de prueba de seis meses. Transcurrido dicho período sin que se haya producido un informe desfavorable de la Dirección Gerencia del hospital, el contrato producirá efectos plenamente, y se computará el tiempo de servicios prestados en lo relativo al concepto de antigüedad. La situación de incapacidad temporal que afecte a la persona seleccionada durante el período de prueba interrumpe este cómputo.

.2  Requisitos generales

2.1  Tener el título de licenciado en medicina y cirugía.

2.2  Tener una experiencia mínima de cinco años como documentalista médico i/o sistemas de información clínica.

2.3  Acreditar el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana mediante la presentación de un certificado de nivel C o superior de la Junta Permanente de Catalán, o un organismo equivalente. Si alguna de las personas aspirantes no aporta esta documentación, el órgano técnico calificador evaluará adecuadamente sus conocimientos de lengua catalana.

.3  Presentación de solicitudes

3.1  Las personas interesadas en concurrir a esta convocatoria deben rellenar el modelo de solicitud que se les facilitará en el Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud, Gran Via de les Corts Catalanes, 587-589, planta baja, 08007 Barcelona, y en el Hospital Universitario Vall d'Hebron de Barcelona.

3.2  Las solicitudes deben presentarse en el Registro del Hospital Universitario Vall d'Hebron de Barcelona (ps. Vall d'Hebron, 119-129, 08035 Barcelona) o enviarse por cualquiera de los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

3.3  Junto con la solicitud, debidamente rellenada, los aspirantes adjuntarán la información siguiente:

a) Datos personales.

b) Currículum profesional completo con indicación clara y resumida de su experiencia profesional, y también los datos académicos, cursos, títulos y todos aquellos otros méritos que se consideren valorables, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo 2 de esta Resolución, con la copia de la documentación que los acredite.

.4  Procedimiento de selección

4.1  Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se constituirá el órgano técnico calificador, que estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Gemma Casasampera Fernández.

Vocal primera: Carina Abelló Somolinos.

Vocal segundo: Jordi Riba Hibernón.

Vocal tercero: Màxim López Manresa.

Vocal cuarto: Josep Ignasi Escoruela Roca.

El órgano técnico calificador podrá contar con el asesoramiento de los expertos externos que considere oportunos.

4.2  El órgano técnico calificador evaluará los currículums y la documentación presentada por las personas aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura en el anexo 2 de esta Resolución, y citará a los aspirantes para que presenten una memoria en relación con la Unidad de Sistemas de Información y Documentación. A continuación, efectuarán una entrevista personal que versará sobre la trayectoria profesional de los aspirantes, el desarrollo de la plaza objeto de la convocatoria y la memoria presentada.

4.3  La puntuación máxima de la valoración del currículum será de 10 puntos, y el resultado de la entrevista y la memoria presentada será valorado por el órgano técnico calificador, hasta un máximo de 5 puntos. La suma de ambas calificaciones dará la puntuación final del aspirante. El órgano técnico calificador podrá establecer una puntuación mínima por debajo de la cual los aspirantes serán declarados excluidos del proceso selectivo. Dicha puntuación mínima no podrá ser superior a 6 puntos.

En caso de que el órgano técnico calificador haga uso de la fijación de una puntuación mínima, sólo podrán acceder a la presentación de la memoria y a la entrevista personal los aspirantes que tengan una puntuación igual o superior a 3 puntos en la valoración del currículum.

4.4  Una vez realizadas las actuaciones previstas en la base anterior, el órgano técnico calificador las publicará en los tablones de anuncios del Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud y del Hospital Universitario Vall d'Hebron de Barcelona, y se establecerá un plazo de diez días para que los aspirantes formulen las reclamaciones que consideren oportunas. Transcurrido este plazo, y una vez resueltas las posibles reclamaciones, el presidente enviará las actas de las reuniones con las calificaciones resultantes de cada aspirante y la propuesta de adjudicación del puesto de trabajo de jefe/a de la Unidad de Sistemas de Información y Documentación del Hospital Universitario Vall d'Hebron de Barcelona al director gerente del Instituto Catalán de la Salud.

4.5  La Dirección Gerencia del Instituto Catalán de la Salud resolverá la adjudicación definitiva del puesto objeto de convocatoria, que será comunicada al adjudicatario y publicada en el DOGC.

4.6  Una vez publicada en el DOGC la resolución prevista en la base anterior, la persona seleccionada dispondrá de un mes para formalizar el correspondiente contrato laboral.

4.7  En caso de que la persona seleccionada renuncie a la plaza, podrá adjudicarse al aspirante siguiente por orden de puntuación.

4.8  La Dirección Gerencia del Instituto Catalán de la Salud, a propuesta del órgano técnico calificador, podrá declarar desierta la plaza cuando los aspirantes, de conformidad con la base 4.3, no reúnan los méritos suficientes para ocupar el puesto objeto de convocatoria.

.5  Recursos

De acuerdo con lo que establecen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto 262/2000, de 31 de julio, de reestructuración del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, contra los actos derivados de la autoridad convocante los interesados podrán interponer un recurso de alzada ante el consejero de Sanidad y Seguridad Social en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación.

Así mismo, contra los actos administrativos que se deriven de la actuación del órgano técnico calificador, los interesados podrán interponer un recurso de alzada ante la Dirección Gerencia del Instituto Catalán de la Salud en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la fecha de su notificación o publicación.

Anexo 2

Baremo de méritos

.1  Formación de posgrado y cursos específicos relacionados con el puesto de trabajo objeto de convocatoria: hasta 3 puntos.

.2  Experiencia profesional relacionada con las funciones del puesto objeto de convocatoria: hasta 7 puntos.

(03.251.037)