RESOLUCIÓN
MAH/132/2004, de 28 de enero, por la que se abre un periodo extraordinario de caza del jabalí en varias comarcas de Cataluña.
La actual densidad poblacional del jabalí (Sus scrofa) es muy elevada, lo cual hace aumentar el riesgo de accidentes de tráfico y de daños en la agricultura. Es por ello que se considera oportuno abrir, en determinadas comarcas de Cataluña, un periodo extraordinario de caza de la especie mencionada.
El apartado 7 de la Resolución MAB/2307/2003, de 21 de julio, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2003-2004 en todo el territorio de Cataluña, faculta a la Dirección General de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental para variar los periodos hábiles de caza en supuestos excepcionales.
De acuerdo con el artículo 75 del Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad, corresponden a la Dirección General del Medio Natural las competencias en materia cinegética que correspondían a la Dirección General de Actividades Cinegéticas y Pesca Continental.
Los consejos territoriales de caza de Les Terres de l'Ebre, Tarragona y Girona han informado favorablemente la apertura de un periodo extraordinario de caza del jabalí.
Por todo ello,
Resuelvo:
Abrir un periodo extraordinario de caza del jabalí (Sus scrofa) desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el DOGC y hasta el 22 de febrero de 2004, ambas fechas incluidas, en las siguientes comarcas:
Montsià.
Baix Ebre.
Terra Alta.
Ribera d'Ebre.
Priorat.
Baix Camp.
Tarragonès.
Baix Penedès.
Alt Camp.
Conca de Barberà.
Selva.
Gironès.
Baix Empordà.
Alt Empordà.
Pla de l'Estany.
Garrotxa.
Barcelona, 28 de enero de 2004
Ramon Luque i Porrino
Director general del Medio Natural
(04.027.107)