EDICTO
de 4 de enero de 2005, por el que se hace pública la declaración de impacto ambiental del proyecto de Centro Metropolitano núm. 2 de Tratamiento Integral de Residuos Municipales, en el término municipal de Montcada i Reixac, promovido por la empresa Ecoparc del Besòs, SA (exp. BL2001 0373).
Antecedentes
La empresa Ecoparc del Besòs, SA, ha presentado una solicitud para el proyecto de Centro Metropolitano núm. 2 de Tratamiento Integral de Residuos Municipales emplazado a Can Cabanyes, en el término municipal de Montcada i Reixac (exp. BL2001 0373), formulada en el trámite de licencia ambiental de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental, que fue tramitada por el Ayuntamiento de Montcada i Reixac.
La documentación que se acompaña con la solicitud y que consiste en:
Proyecto básico y anexo al proyecto para un Centro de Tratamiento Integral de Residuos, redactado por el señor Miguel Solé Gra, ingeniero industrial, visado por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña.
Estudio de impacto ambiental.
Certificado de compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico.
Nombramiento del señor Javier Cerezo Ortega, como responsable técnico de la ejecución del proyecto.
Considerando que en el trámite de análisis de suficiencia e idoneidad del proyecto se solicitó documentación técnica complementaria, que fue aportada por la empresa peticionaria;
Considerando que dentro del periodo de información pública y vecinal de la petición se han presentado alegaciones por parte de la Plataforma Cívica Ciudadanos en el Ayuntamiento, la Asociación de Investigación Ecológica y Social, el señor Darío Murillo Grillo y 425 personas más las cuales han sido contempladas;
Considerando que la actividad de acuerdo con el anexo IV.A del Decreto 136/1999, de 18 de mayo, no está sometida a informe preceptivo por parte del Departamento de Interior en lo que concierne a prevención de incendios (artículo 53.1 del Reglamento).
Descripción del proyecto y del estudio
de impacto ambiental
a) El proyecto tiene una capacidad nominal anual de tratamiento de 240.000 t/año de residuos municipales y de 3.649 t/año de restos vegetales.
b) El Centro está organizado en las siguientes áreas: recepción, clasificación y pretratamiento, digestión anaerobia, almacenaje del biogás y motores de cogeneración, túneles de compostaje, almacén y expedición de compuesto y refinado del compuesto, tratamiento de las aguas residuales, desodorización y centro de recogida.
c) Los diferentes procesos que se realizarán en el Centro son:
Recepción de las diversas fracciones de residuos.
Pretratamiento de los residuos como paso previo en el biotratamiento, desarrollado en el área de clasificación, con una capacidad nominal de 240.000 t/año.
Hay tres líneas de pretratamiento: una línea de FORM, para la apertura de bolsas y separación de impropios, y dos líneas de fracción RESTO en paralelo, para la separación de la materia orgánica residual y de los materiales recuperables, mediante separación mecánica y manual. Adicionalmente hay una línea de residuos orgánicos líquidos procedentes de recogidas o generadores singulares para su almacenaje y alimentación en proceso, las cantidades de residuos correspondientes se consideran incluidas en la FORM (fracción orgánica de residuos municipales).
Proceso de biotratamiento que comprende digestión anaerobia, con una capacidad de 120.000 t/año, de FORM o MOR saliente del pretratamiento y compostaje en túneles para compostaje intensivo y maduración de la FORM o MOR procedente del pretratamiento, con una capacidad de 21.700 t/año, sin fracción vegetal, y para la maduración del material digestado saliente del proceso de digestión anaerobia, con una capacidad de 60.000 t/año, sin fracción vegetal.
Procesos finales para el refinado del compuesto y embalado y/o expedición de los materiales reciclables: chatarra férrica, aluminio, plásticos, papel y cartón, cristal y tetrabrick. La capacidad total de refinado compuesto será de 2 x 20 t/h.
Centro de recogida. Centro de recepción y clasificación de residuos municipales abierto al público clasificada como de tipo A.
Estación de transferencia a otras plantas de tratamiento o dispositivos finalistas para transferencias ocasionales para paradas del Centro o de alguna de sus líneas, programadas o incidentales.
d) La digestión anaerobia del material se efectúa en tres digestores verticales de 4.500 m3 y el biogás que se genera durante la digestión anaerobia se aprovecha en una planta de cogeneración de la instalación de 4.19 MWe, que proporciona a la vez el calor necesario para el precalentamiento del material que entra en el digestor.
La composición y características medias del biogás que se utilizará como combustible en los motores de cogeneración son:
|
Metano, CH4 |
55% |
|
Dióxido de Carbono, CO2 |
45% |
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H2S |
600 - 1.600 ppm |
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Cl2 y HCl |
Aprox. 5,7 mg/m3N |
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Vapor H2O |
Aprox. 45 g/m3N |
|
PCI medio |
4.702 Kcal/m3N |
e) Considerando que el estudio de impacto ambiental analiza de forma previa a la ejecución del proyecto su localización en el ámbito del conjunto de municipios que forman el Área Metropolitana de Barcelona, de acuerdo con el Programa Metropolitano de Gestión de Residuos Municipales y de las grandes y medias vías de comunicación; realiza la descripción del proyecto y del entorno o inventario ambiental, identifica y valora los impactos, establece un programa de vigilancia ambiental y define el coste de las medidas atenuadoras del impacto.
f) Descripción de las emisiones en la atmósfera.
Según los datos del proyecto, el establecimiento dispone de los siguientes focos emisores a la atmósfera:
1 foco correspondiente a los gases de escape de la caldera de recuperación.
1 foco correspondiente a la chimenea de by-pass del colector que conduce los gases de los motores a la caldera de recuperación.
4 focos correspondientes a los gases de escape de los motores de biogás (by-pass de cada motor).
1 foco correspondiente a una caldera de vapor auxiliar (que puede funcionar con biogás y gas natural o gasóleo).
2 focos correspondientes a las extracciones del aire tratado en los biofiltros.
1 foco correspondiente a la antorcha de seguridad.
f.1) Emisiones asociadas a la planta de cogeneración.
La planta de cogeneración de la instalación dispone de 4 motores con las características siguientes:
Potencia eléctrica nominal: 4,192 MWe (1,048 MWe x 4 motores).
Tipo de instalación: motores de ciclo Otto.
Tiempo de funcionamiento: 8.760 h/año (24 h/d x 365 d/año).
Combustible utilizado en los arranques: arranque eléctrico.
Combustible utilizado en producción: biogás de manera exclusiva a dos de los motores y biogás y gas natural a los otros dos.
Los motores están equipados con sistemas especiales para la reducción de NOx (learn - burn) y de CO.
También y previamente a ser alimentado en los motores, la corriente de biogás es depurado mediante un proceso de desulfuración en continuo, en una cama o filtro de aglomerados de óxidos de hierro. Este sistema permite alcanzar concentraciones de H2S al gas de alimentación en los motores inferiores en 700 ppm.
Los gases de escape de los motores se vehiculan, a través de las chimeneas de by-pass, hacia un colector común desde el cual son conducidos hacia la caldera de recuperación. El colector dispone de una válvula de regulación que permite ajustar el paso de gases a la caldera en función de la demanda de vapor. El vapor generado se utiliza para el calentamiento del material que se alimenta en el digestor.
Las características de los focos emisores asociados en la planta de cogeneración son:
f.1.1) Chimenea de la caldera de recuperación:
Descripción del proceso asociado:
Recuperación del calor de los gases de escape de los motores de cogeneración.
Capacidad nominal de producción de vapor > 1.700 kg/h.
Tiempo de funcionamiento: 16 h/d durante 312 d/a.
|
Coordenada UTMX |
Coordenada UTMY |
|
430.284 |
4.596.390 |
Características físicas
Altura: 15 m.
Diámetro: 1 m.
Características físicas del punto de toma de muestra:
Número de bocas de muestreo: 2.
Anchura de la plataforma de muestreo: cumplirá la Orden de 18 de octubre.
Accesibilidad de la plataforma de muestreo: cumplirá la Orden de 18 de octubre.
Posibilidad de disponer de presa de corriente eléctrica en plataforma: cumplirá la Orden de 18 de octubre.
Emisiones previstas:
Caudal estimado de 9.700 Nm3/h
Concentraciones estimadas:
NOx < 1.500 mg/Nm3.
SO2 < 300 mg/Nm3.
CO < 1.000 mg/Nm3.
PST < 10 mg/Nm3.
H2S < 5 mg/Nm3.
HCl < 30 mg/Nm3.
HF < 5 mg/Nm3.
VOC's < 150 mg/Nm3.
f.1.2) Chimenea de by-pass previa a la caldera de recuperación:
Descripción del proceso asociado:
Regulación del caudal de gases de combustión de los motores a alimentar a la caldera de recuperación según la demanda de vapor.
Tiempo de funcionamiento: 24 h/d durante 365 d/a.
|
Coordenada UTMX |
Coordenada UTMY |
|
430.277 |
4.596.391 |
Características físicas:
Altura: 15 m.
Diámetro: 1 m.
Características físicas del punto de toma de muestra:
Número de bocas de muestreo: 2.
Anchura de la plataforma de muestreo: cumplirá la Orden de 18 de octubre.
Accesibilidad de la plataforma de muestreo: cumplirá la Orden de 18 de octubre.
Posibilidad de disponer de presa de corriente eléctrica en plataforma: cumplirá la Orden de 18 de octubre.
Posibilidad de disponer de polea en la plataforma de muestreo: no indicado.
Emisiones previstas:
Caudal máximo previsto de 17.750 Nm3/h.
Y contaminantes previstos en misma composición y concentración que para la chimenea de la caldera de recuperación de vapor.
f.1.3) Chimeneas de by-pass de cada motor.
Descripción del proceso asociado:
Válvula de emergencia para la evacuación de los gases de escape de los motores de cogeneración.
Tiempo de funcionamiento: en casos excepcionales.
Emisiones previstas
Contaminantes previstos en misma composición y concentración que para la chimenea de la caldera de recuperación de vapor.
Además de la planta de cogeneración la instalación dispone de una caldera de vapor utilizada para la generación de vapor que se inyecta en el mezclador-bomba de alimentación del reactor de metanización en casos excepcionales en que no funcione la caldera de recuperación de la planta de cogeneración. Las características del foco asociado a esta caldera son:
f.1.4) Chimenea de la caldera de vapor.
Descripción del proceso asociado:
Generación de vapor para su inyección al mezclador-bomba de alimentación en casos excepcionales.
Tiempo de funcionamiento: 438 h/año (< 5% tiempo funcionamiento planta).
|
Coordenada UTMX |
Coordenada UTMY |
|
430.288 |
4.596.390 |
Características físicas del foco emisor:
Altura: 15 m.
Diámetro: 0,35 m.
Combustible utilizado: biogás. En caso de puesta en marcha de la planta o de incidencia mayor, funcionaría con gas natural o gasóleo.
Emisiones previstas:
Caudal salida gases: 2.000 m3N/h.
NOx: 250 mg/Nm3.
CO: 100 mg/Nm3.
VOC's: 150 mg/Nm3.
SO2: 230 mg/Nm3.
Partículas: 5 mg/Nm3.
f.2) Emisiones asociadas al sistema de tratamiento y desodorización.
La instalación dispone de un sistema de tratamiento y desodorización de las emisiones olorosas que se generan a diversos puntos del proceso de tratamiento de los residuos.
El aire del interior de las naves se aspira a través de oberturas dispuestas a lo largo de conductos; además se dispone de puntos locales de aspiración sobre los equipos susceptibles de generar emisiones más elevadas. Una parte del aire extraído de las naves se utiliza como caudal de alimentación en los túneles de compostaje. El sistema de extracción asegura de 2 a 4 renovaciones (según el área) del volumen de aire por hora.
El aire extraído se conduce a un sistema de scrubbers y a un biofiltro.
El aire de salida de los túneles de maduración de digesto atraviesa un scrubber con lavado ácido (para asegurar la eliminación del NH3) y posteriormente se une al colector general del aire.
El caudal total de aire a depurar pasa a través de unos humidificadores-scrubbers (con agua de la depuradora de la planta) que hacen que no se seque el biofiltro, se retengan las partículas y se neutralice el NH3 restante.
Posteriormente, el caudal de aire total se conduce a los biofiltros, constituidos por 4 unidades separadas, y se extrae a través de una chimenea, cuyas características se detallan acto seguido: la modularidad permite que en caso de renovación del material del biofiltro, al menos haya 3 unidades en funcionamiento.
f.2.1) Chimeneas de las extracciones de los biofiltros.
Número foco: 1 chimenea.
Nombre de los focos: extracción de aire de salida de los biofiltros.
Descripción del proceso asociado:
Extracción de gases provenientes de la aspiración de aire de las naves y de los túneles de compostaje y maduración.
Capacidad de tratamiento:
Caudal tratado: 502.000 m3/h en total de los cuales 170.000 m3/h provienen de los túneles de compostaje y afines 356.000 del resto de zonas cubiertas.
Carga de trabajo: de 100 a 125 m3/m2h.
|
Coordenada UTMX |
Coordenada UTMY |
|
430.505 |
4.596.307 |
Características físicas de cada foco:
Altura: 25 m.
Diámetro: 3,134 m.
Número de bocas de muestreo: 4.
Características de las emisiones previstas:
Temperatura: 30ºC.
Velocidad de salida de gases: 15 m/s.
Caudal salida gases: 449.962 m3/h.
Tiempo de funcionamiento 24 h/día x 365 días/año.
Contaminantes emitidos:
H2S+ Mercaptanos: < 10 mg/Nm3.
NH3 + aminas: < 50 mg/Nm3.
VOC's: < 20 mg COT/Nm3.
f.3) Emisiones asociadas a antorchas de seguridad.
En la planta se dispone de una antorcha de funcionamiento ocasional en la cual se vehicula el biogás que no se haya utilizado en los motores o en la caldera de vapor.
Sus características son:
Nombre del foco: Antorcha.
Marca y modelo: encapsulada con llama invisible y baja radiación.
Situaciones que provocarán su funcionamiento:
Exceso de biogás en los motogeneradores o caldera de vapor.
Puesta en funcionamiento previo a operación en producción estable.
Para seguridad en la instalación de gas.
Indisponibilidad de la red eléctrica que imposibilite evacuar el excedente de energía eléctrica al exterior.
Parada motores cogeneración.
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Coordenada UTMX |
Coordenada UTMY |
|
430.355 |
4.596.434 |
Características físicas:
Altura: 7.
Diámetro: 2,5 m.
Tmínima de 850ºC y tiempo de retención de 0.6s.
Emisiones previstas:
Caudal salida de gases: 2.400 Nm3/h.
Contaminantes:
CO2: 7,5 %.
NOx: 250 mg/Nm3.
CO: 20 mg/Nm3.
VOC's: 20 mg/Nm3.
SO2: 300 mg/Nm3.
PST: 10 mg/Nm3.
f.4) Emisiones asociadas en el proceso de compostaje.
El sistema de compostaje utilizado es en túneles. Se prevé la instalación de 17 túneles de compostaje, que se destinarán a compostaje/maduración en función de cual sea la proporción entre FORM y RESTO que trate la planta.
El tiempo de permanencia de material en los túneles será de:
2 semanas, en lo que concierne a compostaje intensivo de FORM.
6 semanas, en lo que concierne a la maduración de FORM.
10-14 días, en lo que concierne a la maduración de material digerido.
Para garantizar las condiciones necesarias para llevar a cabo el compostaje, se efectúa una ventilación del interior de los túneles y el humedecimiento del producto. Para la ventilación se utilizará parte del aire extraído en otras zonas de la planta.
El material compostado y madurado en el interior de los túneles se transporta hacia un depósito pulmón que lo alimenta hacia la fase de afinadura (capacidad de 40 t/h).
Una vez el material ya está afinado se dispone en la nave de almacenaje de compuesto, nave que es cubierta con paredes perimetrales con parte de altura.
Considerando que esta nave no dispone de cierre perimetral completo, puede considerarse que constituye un foco de emisión difusa.
Sus características se detallan acto seguido:
Nave de almacenaje de compuesto.
Actividad que genera la emisión: almacenaje de compuesto.
Tipo de emisión: difusa.
Frecuencia de emisión: continua.
Posibles contaminantes emitidos: CO2, derivados de azufre y nitrógeno, partículas y olores.
Medidas correctoras: sistema de desodorización por polvorización sobre las pilas de compuesto de un agente químico neutralizante de los malos olores (garantiza rendimiento >90%).
f.5) Emisiones y niveles de inmisión asociados en focos generadores de olores.
Según los datos del proyecto el foco más relevante de emisiones de olor será la chimenea de los biofiltros, donde se vehiculan las corrientes procedentes de todos los puntos que pueden generar compuestos olorosos, y la nave de almacenaje de compuesto.
Con el fin de evaluar la incidencia de estas emisiones, la empresa ha aportado un estudio de olores basado en la norma holandesa NVN 2820 y en factores de emisión de plantas de compostaje de Holanda, de acuerdo con la publicación del Ministerio de Medio Ambiente de Holanda VRMO T-3.5/98.9 GTF-Compostering y una modelización de los niveles de emisión estimados.
Según este estudio, después de haber considerado los factores de emisión de olor para cada punto del proceso de la instalación, los parámetros de emisión de olor considerados son:
Chimeneas del biofiltro, con una carga de salida conjunta en ambas chimeneas de 434 x 106 UO holandesas.
Almacén de compuesto, con una emisión global de 2.4x104 UOholandesas/m2.h, que se ve corregida en un 95% por un sistema de desodorización con un agente químico neutralizante.
Estos datos de emisión se han modelizado siguiendo la metodología ISCST3 y utilizando los datos meteorológicos de la estación ubicada en Montcada i Reixac, a una distancia inferior a 3 km del emplazamiento de la planta.
Como resultado del estudio de dispersión, se observa que las inmisiones de olor se distribuyen en dos máximos, uno próximo a la planta y más importante generado por el almacén de compuesto (básicamente dirección sur) valorado en menos de 3 UO holandesas a partir de 400 m y uno más lejano, inferior a 3 UO holandesas localizado a 700 m dirección noroeste atribuible a las chimeneas de los biofiltros.
f.6) Emisiones difusas.
De acuerdo con lo indicado en el proyecto:
Todos los focos potencialmente emisores de olores están en el interior de naves donde se dispone de sistema de extracción de aire que lo vehiculan al sistema de tratamiento.
Las cintas de transporte de digesto, materia fresca o compuesto están carenadas para evitar emisiones difusas de polos y malos olores.
La nave de compostaje, que constituye un punto de emisión difusa descrita en el apartado 2.3, dispone de un sistema de polvorización de un agente químico neutralizante que minimiza la difusión de malos olores.
Otra causa de emisiones difusas es el tráfico de vehículos, ya que se prevé:
Tráfico de 98 camiones de entrada y 40 camiones de salida de la instalación por día, además de los vehículos complementarios internos.
La franja horaria de 0 - 4 horas puede presentar un tráfico máximo de 46,7 vehículos/hora, y el resto de tiempo, de 9 - 17 h en unos 9 camiones/hora.
g) Emisiones generadas en las aguas.
Las aguas pluviales procedentes de superficies limpias y aquellas aguas pluviales que puedan haber tenido algún contacto con zonas potencialmente contaminadas, previo paso por una balsa de retención, se verterán en El Torrent de Can Duran.
La balsa de retención indicada recogerá los 10 primeros minutos de lluvia, donde se considera que se encuentra la posible contaminación arrastrada por las aguas y éstas serán conducidas en el colector de aguas hacia la EDAR de Montcada i Reixac.
Las aguas procedentes del proceso industrial se utilizarán para usos de compostaje, depuración de gases, limpiezas y ocasionalmente podrían verterse con las de sanitarios a la depuradora pública de aguas residuales de Montcada i Reixac (gestionada por la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos y Tratamiento de Residuos).
El sistema de tratamiento de las aguas de proceso consta de los siguientes equipos:
Reactor biológico de desnitrificación.
Reactor biológico de nitrificación.
Reactor biológico de postnitrificación.
Ultrafiltración del licor de mezcla y recirculación de lodos.
Almacenaje de los lodos en exceso para envío a desnitrificación de la planta de biometanización o en proceso de compostaje.
Las aguas se vierten a través de 2 puntos de vertido, que presentan las características particulares que se relacionan a continuación.
Identificación del punto de vertido.
Foco núm. 1.
Procedencia de las aguas: aguas sanitarias y pluviales grises (10 primeros minutos de lluvia).
Destino del vertido: red de alcantarillado.
Nombre de la EDAR: Montcada i Reixac.
Sistema de tratamiento: fisicoquímico y biológico.
Caudal vertido año m3/año: 10.313 (aguas pluviales grises), 9.125 (aguas sanitarias).
Foco núm. 2.
Procedencia de las aguas: aguas pluviales limpias.
Destino del vertido: cauce público.
Nombre de cauce: Torrent de Can Duran.
Sistema de tratamiento: balsa de retención y separación de sólidos de las pluviales grises.
Caudal vertido año m3/año: 20.107.
h) Residuos a recuperar.
Estos corresponden fundamentalmente a:
Fracción orgánica de los residuos municipales (FORM).
Resto [Rechazo allí donde se ha implantado la recogida selectiva de FORM (RFORM) o Residuos municipales recogidos en masa RMM].
Residuos municipales ordinarios (RMO), residuos municipales voluminosos (RMV) o residuos municipales especiales (RME) en pequeñas cantidades (sólo en la desechería).
Para el compostaje de la FORM y la estabilización del barro digestado procedente de la MO (extraída de la FORM o del Resto) hay que utilizar materiales estructurantes (FV o Recirculado de FV), tal como prevé el proyecto.
Habitualmente no se efectúa almacenaje previo de residuos antes de tratamiento, excepto en lo que concierne a los residuos vegetales, dado que la descarga de residuos se efectúa en pie plano y la capacidad de almacenaje máximo es de 2 días.
i) Valorización de los residuos orgánicos.
Ésta se realiza fundamentalmente mediante:
Compostaje [fase de descomposición y maduración en túnel (8 semanas)], previa mezcla con residuos vegetales convenientemente triturados, en condiciones controladas de temperatura, oxígeno y humedad, y posterior posttratamiento con el fin de obtener compuesto.
Digestión anaerobia, previo pretratamiento, en condiciones controladas (25 días) en régimen mesófilo o termófilo. Posteriormente, en función de sí el digestado ha sido higienizado o no, se le somete a una estabilización/higienización mediante compostaje (14 días), previa mezcla con residuos vegetales convenientemente triturados, en condiciones controladas de temperatura, oxígeno y humedad, y posterior postratamiento con el fin de obtener compuesto.
j) Los residuos generados por la actividad.
Estos son fruto de:
El nivel de impurezas presentes en la FORM, estimadas entre un 5 y un 10% en peso, y que en diversas fases del proceso (especialmente durante el pretratamiento y el postratamiento) son extraídas en gran proporción del flujo de material sometido al proceso de compostaje.
El hecho de tratar el Resto (RFORM/RMM), procedentes de una recogida no selectiva, de la cual se intentará valorar energética y materialmente la materia orgánica que contenga, mediante digestión anaerobia, así como de otras fracciones valorizables (papel-cartón, cristal, envases, metales férricos y no férricos), a la vez que se condicionará el rechazo tal como fija preceptivamente la Directiva 99/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa a la disposición de residuos. Se asegura que el rechazo generado contendrá un máximo del 15% de materia orgánica fermentable no (estabilizada).
La propia actividad industrial, que requiere operaciones de operación y mantenimiento. Se generarán en cantidad limitada: aceites de máquinas y motores de cogeneración, anticongelantes, filtros de mangueras utilizados, residuos de calorifugación, purgas y lodos de calderas y circuitos de refrigeración.
La estimación que se efectúa en el proyecto puede concretarse en los siguientes grupos:
|
Descripción |
Código CER |
Clase |
Producción |
Observaciones (destino, capacidad de almacenaje, etc.) |
|
Rechazos inorgánicos compactado |
20 03 01 |
NE |
103.000 T/año |
Rechazo compactado, embalado o contenedor cerrado. Destino: depósito controlado |
|
Rechazos inorgánicos de tabla densimétrica de compuesto |
19 05 01 |
NE |
21.000 T/año |
Contenedores cerrados Destino: depósito controlado |
|
Aceite motores cogeneración |
13 02 06 |
NE |
10 T/año |
Gestor autorizado |
|
Filtros de mangueras |
15 02 03 |
NE |
No determinado |
Gestor autorizado |
|
Residuos de calorifugación |
17 06 04 |
NE |
No determinado |
Gestor autorizado |
|
Anticongelante |
16 01 15 |
NE |
2 m3/año |
Gestor autorizado |
|
Residuos procedentes de la desulfuración del biogás |
06 06 03 |
NE |
110 T/año |
Gestor autorizado |
|
Residuos de laboratorio en pequeñas cantidades |
16 05 06 |
Especial |
Pequeñas cantidades |
Gestor autorizado |
Capacidad del medio receptor.
Descripción del entorno.
El entorno en que se encuentra el emplazamiento se encuentra en un ámbito próximo al Polígono Industrial Can Salvatella.
El vector aire.
Los datos de inmisión de la zona, que no está situada dentro de ninguna zona protegida, en lo que concierne a los niveles de dióxido de nitrógeno y dióxido de azufre, medidos en la estación de Montcada i Reixac durante el año 1999 y 2000 de acuerdo con los valores límite que fija la Directiva 99/30/CE, presentan dos superaciones del valor límite horario y una superación del valor límite anual del dióxido de nitrógeno presentando una capacidad moderada/restringida respecto a los contaminantes mencionados.
Población.
El emplazamiento de la actividad se encuentra alejado de núcleos urbanos.
Efectos de la actividad sobre el medio.
La actividad proyectada de acuerdo con las condiciones establecidas en el estudio de impacto ambiental, en el proyecto y sus anexos, y las adicionales fijadas los efectos de la actividad sobre el medio pueden ser mínimos.
.1 Medidas adicionales.
1.1 Medidas relativas a la prevención de la contaminación atmosférica.
a) Características de los focos emisores.
La empresa dispondrá, antes de iniciar la actividad, de los libros de registro para cada foco emisor, foliados y sellados por el Servicio de Vigilancia y Control del Aire del Departamento de Medio Ambiente, en los que se anotarán los resultados de los controles de emisiones realizados, los resultados del autocontrol, así como todas las posibles incidencias.
b) Condiciones de emisión autorizadas.
b.1) La composición del biogás utilizado en la planta tendrá que cumplir las siguientes condiciones:
El contenido de hidrocarburos halogenados (AOX) será inferior a 150 mg/m3, para prevenir la formación de dioxinas.
La instalación dispondrá de medidores del caudal de gas natural y biogás utilizado en la planta de cogeneración, con su registro correspondiente, con el fin de conocer en todo momento la composición y consumo del combustible utilizado.
La antorcha de la planta dispondrá de un cabalímetro de rango variable y registro en continuo como sistema de control para conocer en todo momento los caudales de gases que se envían a la antorcha y para determinar que se cumplen las condiciones impuestas en la misma. También se medirá de forma continua la temperatura de emisión, cuando la antorcha esté en funcionamiento.
b.2) Se fijan los siguientes límites de emisión para cada foco de la instalación:
b.2.1) Focos correspondientes a la planta de cogeneración:
Chimenea de la caldera de recuperación.
Chimenea de by-pass previa a la caldera de recuperación.
Chimeneas de by-pass de cada uno de los motores.
Considerando que las emisiones vehiculadas a través de estos focos provienen de la combustión de biogás en los motores, se medirán aquellos que se consideren potencialmente más contaminantes atendiendo a su tiempo de funcionamiento.
C=contaminante; LE=límite emisión; MM=método de medida
|
C |
LE (*) |
MM |
|
PST |
50 mg/Nm3 |
UNE EN 77223 |
|
SO2 |
300 mg/Nm3 |
|
|
CO |
1.000 mg/Nm3 |
EPA CTM-030 |
|
NOx |
1.500 mg/Nm3 |
|
|
H2S |
5 mg/Nm3 |
Mèt. 701 del Intersociety Committee of Air Sampling |
|
HCL |
30 mg/Nm3 |
UNE en 1911 |
|
HF |
5 mg/Nm3 |
EPA 13B |
|
COT |
150 mgC/Nm3 |
VDI 3481 (partes 1 y 3) con los criterios de la ITVCA 7 |
(*) Todos los valores referidos a un contenido de oxígeno del 5% y gas seco.
b.2.2) Foco correspondiente a la caldera de vapor:
C=contaminante; LE=límite emisión; MM=método de medida
|
C |
LE |
MM |
|
PST |
50 mg/Nm3 |
UNE en 77223 |
|
SO2 |
300 mg/Nm3 |
|
|
NOx |
450 mg/Nm3 |
EPA CTM-030 |
|
CO |
100 mg/Nm3 |
|
|
H2S |
5 mg/Nm3 |
Mèt. 701 del Intersociety Committee of Air Sampling |
|
HCL |
30 mg/Nm3 |
UNE en 1911 |
|
HF |
5 mg/Nm3 |
EPA 13B |
|
COT |
150 mgC/Nm3 |
VDI 3481 (partes 1 y 3) con los criterios de la ITVCA 7 |
(*) Todos los valores referidos a un contenido de oxígeno del 5% y gas seco.
b.2.3) Focos correspondientes a las dos chimeneas del biofiltro:
C=contaminante; LE=límite emisión; MM=método de medida
|
C |
LE |
MM |
|
olores |
1000 UOeuropeas/m3 |
Pr EN 13725 |
b.2.4) Emisiones difusas.
C=contaminante; LE=límite emisión; MM=método de medida
|
C |
LE |
MM |
|
olores |
3 UOeuropeas (percentil 98 en las isodoras en un radio de 0,5 km en torno a la instalación) |
Pr EN 13725 |
1.2 Medidas relativas a la prevención de la contaminación de las aguas.
a) Considerando que el vertido de las aguas de origen sanitario, pluviales grises (procedentes de la balsa de retención y ocasionalmente aguas de proceso) se realiza en la EDAR de Montcada, gestionada para la EMSHTR, corresponde a esta administración el otorgamiento de la correspondiente autorización de vertido.
b) Tratar las aguas de lluvia caída durante los primeros diez minutos de los lugares susceptibles de contaminarlas.
c) Garantizar la no afección de las aguas subterráneas.
1.3 Medidas relativas a los residuos.
a) La aceptación y recepción de los residuos a valorar, y la gestión de los residuos generados por la actividad tendrá que ajustarse a las prescripciones establecidas en el Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos.
b) El almacenaje de los residuos a recuperar, y de los residuos generados se realizará exclusivamente en las zonas especialmente diferenciadas y habilitadas según el proyecto presentado.
c) Garantizar la identificación y el pesaje de cada una de las tipologías de residuos que se gestionen en el Ecoparc (FORM, FV y RESTA), de forma individualizada y para cada una de las procedencias municipales, con independencia del sistema de recogida utilizado. Esta información, en soporte informático, será transmitida mensualmente a la Junta de Residuos.
d) Habrá que efectuar la caracterización de los residuos (FORM y RESTA) recepcionados en la instalación, con una periodicidad cuatrimestral y para cada una de las procedencias municipales, con el objeto de evaluar la calidad de la FORM y el grado de participación de la población en la recogida selectiva, etc.
La caracterización de la FORM comprenderá, como mínimo, la determinación de impropios totales en la FORM. La caracterización de la RESTA comprenderá, como mínimo, la determinación de materia orgánica en la RESTA. Asimismo, habrá que efectuar la caracterización de los diferentes rechazos generados en la instalación, con una periodicidad semestral, con el objeto de evaluar el grado de cumplimiento de la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa a la disposición de residuos. Esta información, en soporte informático, será transmitida a la Junta de Residuos.
e) La gestión de la FORM procedente de la recogida selectiva tendrá que ser diferenciada de la gestión de la RESTA, a todos los niveles (recepción, pretratamiento, tratamiento, postratamiento, gestión lixiviados, etc.), y a lo largo de todo el proceso, tanto si la FORM sigue la vía del compostaje o la vía de la digestión anaerobia, con independencia del escenario real y de la distribución de cada uno de los tipos de residuos recepcionados.
f) Tendrá que aceptarse la entrada en la instalación de toda la FORM que provenga de una recogida selectiva, siempre y cuando el % de impropios no supere el 10%, y con independencia de que la FORM se presente en estado sólido, pastoso o líquido. La recepción de la FORM se efectuará de tal forma que se minimice la generación de lixiviados. La descarga de residuos orgánicos en estado sólido o pastoso se efectuará en pie plano. La descarga de residuos orgánicos en estado líquido no podrá efectuarse en pie plano.
g) El procesamiento de la FORM tendrá que efectuarse diariamente, excepto averías o circunstancias excepcionales que lo impidan. El tratamiento de los residuos más inestables y de rápida descomposición (FORM incluida), tendrá que iniciarse como máximo 24 horas después de su recepción.
h) Si las condiciones del proceso demostraran la insuficiente estructuración de la mezcla (tanto en el caso de la FORM como del digestado), habrá que modificar la proporción en el sentido de incrementar proporcionalmente la cantidad de FV aportada a la mezcla, sin que eso vaya en detrimento de la capacidad de tratamiento de la instalación.
i) Si cualquiera de las diversas operaciones de separación de fracciones resultan ser poco eficientes, es decir, el porcentaje de impropios es superior a lo previsto, hará falta efectuar las modificaciones necesarias con el fin de ajustar estas separaciones al grado de eficacia previsto.
j) Tanto el proceso de compostaje como el de digestión anaerobia tendrán que mantener y asegurar, en cada una de sus fases, las condiciones mínimas óptimas características de estos procesos.
k) tendrá que garantizarse que cualquier material procedente del tratamiento de la FORM o materia orgánica del RESTA, antes de su expedición para destino agrícola o forestal, haya sido sometido a un proceso de higienización, de estabilización hasta un Rottegrade IV y de extracción de impurezas. Por lo tanto, no será admitida la expedición directa de digestado higienizado con destino agrícola o forestal, sin haber efectuado previamente su estabilización ni eliminación de impurezas.
l) En el caso de que la calidad del producto obtenido (Compuesto A o Compuesto B) no se ajusta a la calidad mínima garantizada, especialmente en lo que concierne a la estabilidad de la materia orgánica, convendrá efectuar las intervenciones y modificaciones necesarias sobre el proceso (incremento de la duración global del proceso, incremento de la proporción de la FV añadida, etc.), sin que eso vaya en detrimento de la capacidad de tratamiento de la instalación.
Parámetros de obligado cumplimiento para el compuesto.
U=Unidades; D=Determinado; TA=Tipo A; TB=Tipo B
|
Parámetros |
U |
D |
TA |
TB |
|
Humedad (H) |
% (s.m.h.) |
s.m.h. |
30 - 40 |
30 - 40 |
|
Ph |
s.m.h. |
6,5 - 8 |
6,5 - 8,5 |
|
|
Conductividad Eléctrica (CE) |
dS/m |
s.m.h. |
< 6 |
< 7,5 |
|
Materia Orgánica (MO) |
% (s.m.s.) |
s.m.s. |
³40 |
³40 |
|
Nitrógeno Orgánico (Norg) |
% (s.m.s.) |
s.m.s. |
³2 |
³1,3 |
|
Nitrógeno amoniacal soluble (N-NH4+ solo) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.h. |
< 800 |
< 2.000 |
|
Grado de Estabilidad (GE) |
% (s.m.s.) |
s.m.s. |
³40 |
³35 |
|
Test de Germinación (TG) |
% |
s.m.h. |
³90 |
³70 |
|
Test Autocalentamiento (Rottegrade) |
IV-V |
IV |
||
|
Coloración Extracto Acuoso |
4 - 5 |
3 - 4 |
||
|
Semillas de malas hierbas |
ut/l |
s.m.h. |
2 |
6 |
|
Eschierichia Colli |
UFC/g (s.m.h.) |
s.m.h. |
< 1.000 UFC/g |
|
|
Salmonella |
s.m.h. |
s.m.h. |
Ausencia en 25 g |
|
|
Granulometría |
% (s.m.s.) |
s.m.h. |
90 |
80 |
|
Metales Ø > 2 mm |
% (s.m.s.) |
s.m.h. |
< 0,5 |
< 2,0 |
|
Cristal Ø > 2 mm |
% (s.m.s.) |
s.m.h. |
< 0,5 |
< 2,0 |
|
Plásticos Ø > 2 mm |
% (s.m.s.) |
s.m.h. |
< 0,25 |
< 0,5 |
|
_ (metales+vidrio+plásticos) Ø > 2 mm |
% (s.m.s.) |
s.m.h. |
< 1,0 |
< 3,0 |
|
Cadmio (cd) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 2 |
< 3 |
|
Cromo (Cr) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 100 |
< 250 |
|
Cobre (Cu) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 100 |
< 500 |
|
Mercurio (Hg) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 1 |
< 3 |
|
Níquel (Ni) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 60 |
< 100 |
|
Plomo (Pb) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 150 |
< 300 |
|
Cinc (Zn) |
ppm (s.m.s.) |
s.m.s. |
< 400 |
< 1.000 |
m) Tendrá que garantizarse que el contenido máximo de materia orgánica de cada uno de los rechazos generados en la instalación, considerados individualmente, no superará los niveles fijados a la Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa a la disposición de residuos, traspuesta en el Real decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito a vertedero.
n) Habrá que elaborar, mediante aplicaciones informáticas, unas hojas de seguimiento donde se registrará el historial de la evolución de cada uno de los parámetros controlados a lo largo del proceso de compostaje o de digestión anaerobia, de forma que pueda consultarse de forma tabulada o gráfica cual ha sido la evolución del proceso para cada "partida" de material.
o) Con una periodicidad mensual, habrá que dirigir a la Junta de Residuos, en el formato que se determine, mediante documento en formato papel y también en soporte informático, los datos referentes como mínimo a las entradas: cantidades de residuos tratados [FORM, RESTA, Fracción Vegetal], las cantidades de productos valorados (Compuesto u otros materiales) y cantidades de rechazos transferidos, así como cualquier información adicional que se considere interesante para el seguimiento del proceso.
p) Con una periodicidad anual, será preciso realizar un balance de gestión global del cual se informará convenientemente a la Junta de Residuos.
.2 Fijar las condiciones singulares que se señalan a continuación:
2.1 Del vector aire.
b) El foco correspondiente a la antorcha de seguridad cumplirá los siguientes requisitos:
Temperatura de emisión de los gases: 850ºC.
Tiempo de residencia de los gases: 0,3 segundos.
Tiempo de funcionamiento máximo: < 438 h/año (su tiempo de funcionamiento no puede superar en ningún caso el 5% del tiempo de funcionamiento de la instalación).
En caso de que se compruebe que el tiempo de funcionamiento de la antorcha es superior al 5% del tiempo total de funcionamiento de la instalación, la empresa comunicará al Departamento de Medio Ambiente las actuaciones necesarias que llevará a cabo con el fin de reducir el funcionamiento de este foco garantizando las condiciones de seguridad exigibles a la planta.
b) Para los biofiltros, la empresa presentará un estudio técnico justificado que permita establecer una correlación entre las concentraciones de los contaminantes individuales susceptibles de producir olores (controlados internamente) con las unidades de olor medidas en la zona.
c) Para el buen funcionamiento de los sistemas de eliminación de olores, la planta aplicará y comprobará que se utilizan de forma satisfactoria las tecnologías estándar para esta clase de instalaciones:
Recepción de residuos en edificios cerrados, así como también el compostaje y afinamiento.
Tratamiento de aire en biofiltros, previo acondicionamiento del mismo.
Tratamiento de lixiviados, mediante técnicas que no generen excesiva olor.
El compuesto final tiene que ser estabilizado antes de su expedición.
Separación de las zonas de maniobras de los vehículos de descarga de las zonas de alimentación en la nave de recepción.
Las puertas y oberturas de las naves sólo se abrirán el mínimo tiempo imprescindible para la entrada y salida de vehículo, y permanecerán cerradas el mayor tiempo posible.
Control mensual del correcto funcionamiento del sistema de aspiración de aire y de los sistemas de tratamiento (lavador y biofiltro).
d) Planes de vigilancia.
d.1) Para el periodo de pruebas de la instalación.
La empresa realizará un plan de vigilancia especial durante toda esta fase (un año) de los contaminantes y foco que se indican a continuación, con el fin de determinar la contaminación en las condiciones más desfavorables de funcionamiento de la instalación.
Así será preciso que se efectúen controles con periodicidad trimestral, coincidiendo con las diferentes estaciones climatológicas del año de:
Control de la concentración de AOX en el biogás.
Planta de cogeneración: NOx, SO2, CO, HCl, HF, H2S y VOC's, y de los parámetros asociados: caudal, humedad, temperatura y % de oxígeno, según metodologías indicadas.
Chimeneas de los biofiltros: olores según los aspectos que se fijan en el subapartado d.3.
Control del tiempo de funcionamiento de la antorcha de biogás. Este se tendrá que comunicar trimestralmente a la Dirección General de Calidad Ambiental.
Al final de este año, y coincidiendo con el último control del plan de vigilancia, se determinará la emisión de dioxinas a uno de los focos de cogeneración con el fin de comprobar que su emisión es inferior a 0.1ng/Nm3.
Si durante este periodo se determina que las concentraciones medidas para un determinado contaminante son inferiores al límite de detección del método, este contaminante quedará exento de ser medido en los próximos controles del plan de vigilancia.
En el caso de que se detecten molestias por olores en la vecindad, la empresa tendrá que presentar un proyecto que contemple medidas correctoras adicionales para minimizar la generación de compuestos olorosos. Previamente a la ejecución de este proyecto tendrá que disponerse de la aprobación del Servicio de Vigilancia y Control del Aire.
d.2) Para los dos primeros años de funcionamiento de la instalación.
Una vez finalizado el primer plan de vigilancia (primer año, periodo de pruebas) se seguirá un plan de vigilancia especial durante los dos años siguientes de funcionamiento.
Así hará falta que se efectúen controles con periodicidad trimestral, coincidiendo con las diferentes estaciones climatológicas del año de:
Control de la concentración de AOX en el biogás.
Planta de cogeneración: NOx, SO2, CO, HCl, HF, H2S y VOC's, y de los parámetros asociados: caudal, humedad, temperatura y % de oxígeno, según metodologías indicadas. No será necesario la medida de los contaminantes para los que a lo largo del plan de vigilancia anterior (periodo de pruebas) se hayan determinado concentraciones inferiores a los límites de detección.
Chimeneas de los biofiltros: olores según los aspectos que se fijan en el subapartado d.3).
Control del tiempo de funcionamiento de la antorcha de biogás. Este se habrá de comunicar trimestralmente a la Dirección General de Calidad Ambiental.
d.3) Requisitos de los estudios de olores a efectuar sobre los biofiltros durante los planes de vigilancia.
Estos estudios tendrán que ser efectuados por una empresa de probada experiencia en estudios de olfatometría dinámica. Se harán de conformidad con los criterios establecidos en la propuesta de norma europea, prEN 13725 de determinación de la concentración de un olor por olfatometría dinámica.
Antes del inicio de estos estudios será preciso que se disponga de la aprobación de la DGQA en lo que concierne a los aspectos siguientes: determinación previa de los puntos de muestreo escogidos donde tiene que realizarse la captación de muestras, empresa que efectuará el estudio y características mínimas de su contenido.
Los muestreos a realizar para los estudios olfactométricos se harán coincidir con los controles a efectuar para la Entidad Ambiental de Control, para poder correlacionar valores de emisión con impactos de olores.
2.2 Del vector agua.
a) Llevar un Libro de Registro para el control de funcionamiento de las instalaciones, donde se anotarán las incidencias de la explotación y los resultados analíticos de control. Este Registro quedará en todo momento a disposición del Departamento de Medio Ambiente.
b) Disponer de una arqueta de registro de fácil acceso que permita el aforamiento y la toma de muestras periódicamente. En caso de no disponer, tendrá que construirse en el plazo de un mes a contar desde el otorgamiento de la autorización ambiental.
c) Evacuar de forma controlada los residuos sólidos derivados del proceso de depuración, de manera que no afecten al vertido que se autoriza ni al Dominio Público Hidráulico.
d) El otorgamiento de la autorización ambiental no deja exento a su titular de solicitar otros permisos y/o autorizaciones que corresponda legalmente.
e) El beneficiario queda obligado a conservar las obras e instalaciones en un perfecto estado de utilización, realizando a su cargo los arreglos ordinarios y extraordinarios que haga falta. Cualquier modificación que quiera introducirse en el proyecto presentado, así como la construcción de cualquier obra no definida concretamente y con detalle en la petición, se notificará inmediatamente en la Oficina de Gestión Ambiental Unificada. Hará falta que la solicitud de modificación vaya acompañada del proyecto complementario correspondiente.
f) Tan pronto como sea posible tiene que ponerse en conocimiento de esta Agencia Catalana del Agua cualquier avería, parcial o total, del sistema de tratamiento y evacuación de las aguas residuales que pueda alterar el buen funcionamiento del vertido y que pueda representar un riesgo para el medio receptor.
g) El beneficiario no podrá destinar las obras ejecutadas a usos diferentes de los autorizados. Queda especialmente prohibido al beneficiario: verter residuos de naturaleza diferente a la que se ha tenido en cuenta a la hora de otorgar la autorización y utilizar las obras autorizadas para el vertido de aguas residuales procedentes de inmuebles e industrias diferentes de los que motivan esta autorización.
h) Los gastos que puedan originarse para la inspección y vigilancia de las obras, instalaciones y vertidos serán a cargo del beneficiario.
i) El interesado queda sometido al pago del tributo sobre el agua en los términos de la Ley 19/1991 y posteriormente por la Ley 6/1999, de 12 de julio.
.3 Régimen de control del establecimiento.
Considerando la clasificación de la actividad en el anexo II.1 del Decreto 136/1999, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental, el establecimiento habrá de:
a) En el momento de la puesta en marcha de las instalaciones e inicio de la actividad:
Realizar un control inicial de carácter medioambiental que garantice la adecuación de las instalaciones y la actividad en los requerimientos legales aplicables y, específicamente, en los fijados en la licencia ambiental.
b) Cada cuatro años:
Hacer un control periódico que garantice su adecuación permanente a los puntos señalados en el párrafo a) de este apartado.
Los controles tendrán que ser realizados o verificados por una entidad ambiental colaboradora de la Administración debidamente acreditada, de acuerdo con el artículo 81 del Decreto 136/1999.
Con anterioridad a su actuación, la entidad que realice o verifique el control lo tendrá que notificar a la Oficina de Gestión Ambiental Unificada de la Delegación Territorial de Medio Ambiente a Barcelona a los efectos de comunicación oportunos.
c) Serán objeto, tanto del control inicial como de los controles periódicos, todas las determinaciones fijadas en la licencia ambiental.
3.1 Medidas específicas de control.
3.1.1 Del vector aire.
a) Especificaciones sobre los planes de vigilancia ambiental.
La empresa llevará a cabo los planes de vigilancia y los posteriores controles periódicos, según la metodología fijada junto con el límite de emisión del contaminante. En lo que concierne a la determinación de AOX en el biogás, la determinación se hará de acuerdo con:
Biogás:
|
Contaminante |
Método |
|
AOX |
Captación con carbón activo y adaptación de la metodología del procedimiento operatorio del apartado 8 y siguientes de la norma UNE en 1485 de determinación de los halógenos de los compuestos orgánicos absorbibles (AOX) de Calidad del agua. |
b) Especificaciones sobre el control periódico.
Los controles periódicos que se efectuarán una vez finalizados los planes de vigilancia tendrán periodicidad anual en lo que concierne al control de los contaminantes atmosféricos y se efectuarán en todos los focos por parte de una Entidad Ambiental de Control.
El control del tiempo de funcionamiento de la antorcha de biogás continuará comunicandose trimestralmente a la Dirección General de Calidad Ambiental.
La empresa realizará en los focos de cogeneración autocontrol de los contaminantes NOx, SO2 y CO, y de la temperatura, el caudal y porcentaje de oxígeno, anotando los resultados en los libros de registro correspondientes. Éstos tendrán una periodicidad quincenal.
3.1.2 Del vector agua.
Los controles y autocontrol se realizarán en la periodicidad y contenidos que fije la EMSHTR, si esta entidad lo considera necesario.
.4 Revisión de la licencia.
La licencia ambiental se revisará, en los aspectos medioambientales, en el plazo de 8 años, después de haber sido concedida, a menos de que se produzcan antes cambios sustanciales que obligan a la tramitación de una nueva autorización o que se incurra en alguno de los supuestos de revisión anticipada recogidos en el artículo 67 del Decreto 136/1999.
.5 Formulación de la declaración de impacto ambiental.
Considerada la capacidad del medio receptor y la existencia de posibles efectos que la actividad proyectada puede transferir a los vectores ambientales, el impacto global de la actividad se considera moderado sobre la conservación y protección del medio afectado y de los recursos naturales y por tanto se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto con carácter favorable y por lo tanto la Ponencia Ambiental, en la sesión de 26 de septiembre de 2002, y de acuerdo con los artículos 22.1.b) y 45.3.g) del Decreto 136/1999, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 3/1998, formulan la declaración de impacto ambiental del proyecto con carácter favorable.
De acuerdo con lo que establece el artículo 5 del Decreto 114/1988, de 7 de abril, de evaluación de impacto ambiental, la declaración de impacto ambiental se hará pública.
Barcelona, 4 de enero de 2005
Emili Dragone i Vives
Secretario de la Ponencia Ambiental
(04.352.093)