Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña


DOGC núm. 4310 - 27/01/2005


DEPARTAMENTO DE INTERIOR

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RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN

INT/78/2005, de 21 de enero, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de subdirector/a general de Servicios del Servicio Catalán de Tráfico (convocatoria de provisión núm. IT/010/05).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública (DOGC núm. 2509, de 3.11.1997); el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;

Dado que está vacante el puesto de subdirector/a general de Servicios del Servicio Catalán de Tráfico del Departamento de Interior;

Dada la propuesta del director del Servicio Catalán de Tráfico para su provisión;

Vista la relación vigente de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada del Servicio Catalán de Tráfico ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;

Vista la competencia que atribuye al titular del Departamento el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, aprobado por Decreto 123/1997, de 13 de mayo, y haciendo uso de las atribuciones que me han estado delegadas por la Resolución INT/2028/2004, de 12 de julio, sobre las facultades propias del régimen de personal al servicio del Departamento de Interior;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión del puesto de subdirector/a general de Servicios del Servicio Catalán de Tráfico del Departamento de Interior, que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, del correspondiente al lugar de su domicilio, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 21 de enero de 2005

P. D. (Resolución INT/2028/2004, DOGC de 22.7.2004)

Jordi Pardo i Rodríguez

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1  Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión del puesto de subdirector/a general de Servicios del Servicio Catalán de Tráfico del Departamento de Interior, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

.2  Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3  Requisitos de participación

3.1  Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto a esta administración, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También podrá participar en la convocatoria el personal funcionario, no integrado, que preste servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrán participar los funcionarios que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto convocado, a los que no se exigió la titulación citada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública.

3.1.3 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios que se encuentren en suspensión de ocupación ni los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de cargos de mando como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco podrán participar los funcionarios en situación diferente de servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2  Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3  Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, es necesario tener el nivel de suficiencia de catalán (nivel C) de la Secretaría de Política Lingüística del Departamento de la Presidencia, o equivalente, de acuerdo con lo que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso que los aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán mediante una prueba oral y escrita estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante lo anterior, quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana, los aspirantes que hayan participado y obtenido destinación en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal a la Administración de la Generalidad en que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4  Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

.4  Solicitudes

4.1  Las solicitudes para participar en esta convocatoria se deben presentar en el Registro general del Departamento de Justicia y Interior, Via Laietana, 69, 08003 Barcelona, en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona); en Girona (Gran Via de Jaume I, 9, entl., 17001 Girona); en Lleida (c. de Lluís Companys, 1, 1º, 25003 Lleida) en Tarragona (c. de Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona), en Les Terres de l'Ebre (c. Doctor Ferran 6-8, 3a planta, 43500 Tortosa), en el Servicio Catalán de Tráfico, Via Laietana, 60, 08003 Barcelona, en el Servicio Territorial de Tráfico de Tarragona (avenida Roma, 7-9, bajos, 43005 Tarragona), en el Servicio Territorial de Tráfico de Girona (c. Álvarez de Castro, 4, 3ª planta, 17001 Girona), en el Servicio Territorial de Tráfico de Lleida (República de Paraguay, 5, ent. 25002 Lleida), o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC.

4.2  Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los participantes en la convocatoria, y no se admitirán renuncias una vez hayan transcurrido diez días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4.3  La solicitud se deberá formalizar según el modelo que figura como anexo a la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997), y que estará a disposición de las personas interesadas en los servicios centrales del Departamento de Interior y en las delegaciones territoriales del Gobierno en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria. Igualmente, se pueden obtener en la siguiente dirección de Internet: http://www.gencat.net/governacio-ap/administracio/imande.htm.

Los aspirantes deben adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente declaración de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, debidamente especificada.

4.4  Los aspirantes a los que hace referencia la base 3.2 deben adjuntar, así mismo, informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), para que se pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, estos candidatos podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y sea compatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

.5  Criterios profesionales

5.1  Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de los candidatos para ocupar el puesto convocado, de acuerdo con la descripción del puesto de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

5.2  Los datos profesionales de los participantes se deben referir a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

.6  Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá, si procede, en el candidato que se considere más adecuado, según el informe preceptivo y previo del director del Servicio Catalán de Tráfico, el cual deberá tener en cuenta la idoneidad del candidato a las funciones y tareas a desarrollar.

.7  Sistemas de acreditación

Los participantes deben acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen, dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio de que se les pueda solicitar las aclaraciones o las justificaciones necesarias para su verificación.

.8  Procedimiento

8.1  La presente convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

8.2  En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a los aspirantes se harán públicas en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones indicadas en la base 4.1 de esta convocatoria.

.9  Resolución de la convocatoria

9.1  La resolución de nombramiento se publicará en el DOGC.

9.2  Los candidatos que no obtengan destino en esta convocatoria permanecerán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

9.3  El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo período de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4  Antes de la toma de posesión, el interesado debe acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluido en ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los diez días a contar desde el principio del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

.10  Plazos de formalización de cese y toma de posesión

10.1  La resolución de nombramiento comportará, si procede, el cese en el puesto anterior.

10.2  El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de dos días hábiles si no implica cambio de localidad de residencia del funcionario, o de 15 días si comporta cambio de localidad de residencia, el cual se deberá acreditar documentalmente.

10.3  Este plazo se computará a partir del día siguiente al del cese, el cual se deberá efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC. Cuando la citada resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá contar desde la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC.

10.4  Al efecto de cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

10.5  Las diligencias de cese y toma de posesión de los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo se deberán comunicar al Registro general de personal dentro de los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

Anexo 2

Descripción del puesto de trabajo

.1  Características del puesto de trabajo

Identificación del puesto: IT/010/05.

Nombre del puesto: subdirector/a general de Servicios.

Departamento: Interior.

Unidad directiva: Servicio Catalán de Tráfico.

Localidad: Barcelona.

Norma funcional DOGC: Decreto 191/2001, de 10 de julio, de reestructuración del Servicio Catalán de Tráfico (DOGC núm. 3436, de 23.7.2001).

Nivel: 30

Complemento específico: 35.183,52 euros.

Jornada: superior a la normal.

Horario: dedicación especial. Incompatibilidades.

Tipo de puesto: mando.

Forma de provisión: libre designación.

.2  Requisitos de participación

Grupo: A.

Movilidad: Administración de la Generalidad.

Colectivo cuerpos: únicamente de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración de la Generalidad.

.3  Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (nivel C) de la Secretaría de Política Lingüística del Departamento de la Presidencia, o equivalente.

.4  Contenido funcional

Misión:

La dirección, coordinación y supervisión de los recursos humanos, materiales y económicos del Servicio Catalán de Tráfico.

Funciones:

Dirigir y supervisar las funciones de administración, de gestión de servicios generales y de los recursos humanos del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto del presupuesto del Servicio Catalán de Tráfico y dirigir y supervisar la gestión económica y financiera.

Dirigir y supervisar la recaudación de ingresos derivada de las sanciones por infracciones a la normativa de tráfico.

Dirigir y coordinar la gestión patrimonial y la tramitación de los expedientes de gastos y contratación del Servicio Catalán de Tráfico.

Asesorar jurídicamente a los órganos del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirigir, coordinar e impulsar las actuaciones y los programas dirigidos a la mejora y modernización de la organización.

Dirigir, coordinar y supervisar la tramitación del procedimiento sancionador en materia de tráfico.

Sustituir al director del Servicio Catalán de Tráfico en caso de ausencia o enfermedad, sin perjuicio de las competencias atribuidas al subdirector general de Tráfico.

Dirigir y coordinar el funcionamiento de las unidades dependientes.

Ejercer cualquier otra función que el director le encargue.

Funciones básicas o actividades:

Fija criterios y directrices para la gestión de los recursos humanos, materiales y económicos del Servicio Catalán de Tráfico y supervisa su cumplimiento.

Establece y supervisa el funcionamiento del mecanismo de coordinación entre las unidades administrativas centrales y territoriales.

Dirige y supervisa la elaboración del anteproyecto de presupuesto del Servicio Catalán de Tráfico así como el control interno y el seguimiento de su ejecución.

Dirige y supervisa el establecimiento de contratos y convenios en el ámbito de competencia del Servicio Catalán de Tráfico, así como la formulación de la propuesta de gastos.

Dirige y supervisa la tramitación de los expedientes relativos a la recaudación de ingresos derivados de las sanciones por infracciones a la normativa de tráfico.

Dirige y supervisa la implementación de indicadores de gestión económica y de medidas de control del gasto.

Dirige y supervisa la gestión del parque móvil del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirige y supervisa la adquisición, la gestión y el mantenimiento de las infraestructuras del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirige y supervisa el asesoramiento jurídico general a los órganos del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirige y supervisa la adquisición de los bienes y suministros del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirige y supervisa la elaboración de anteproyectos de ley, de disposiciones de carácter general y de normativa de carácter interno en materias competencia del Servicio Catalán de Tráfico, en colaboración con la Asesoría Jurídica del Departamento de Interior.

Dirige y supervisa la gestión y la administración del personal adscrito al Servicio Catalán de Tráfico.

Supervisa la formulación de propuestas de modificación de la relación de puestos de trabajo del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirige y supervisa el diseño, la aplicación y la evaluación de los procedimientos y de los circuitos del Servicio Catalán de Tráfico.

Dirige y coordina las propuestas de creación y modificación de la estructura administrativa central y territorial del Servicio Catalán de Tráfico.

.5  Otros conocimientos

Conocimientos específicos amplios sobre el procedimiento sancionador, gestión de personal y políticas de modernización de las administraciones públicas.

(05.020.136)