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Departamento de Trabajo

Solicitudes de estancia

Las solicitudes se deben presentar en el modelo oficial, adjuntando una fotocopia del DNI de la persona solicitante, y se tienen que dirigir al director/a de la residencia escogida. También se admiten en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo o en la Secretaría General del Departamento de Trabajo. 

Las estancias de colectivos superiores a 25 personas sólo se podrán conceder en las temporadas baja y media. Las peticiones se deberán hacer directamente a las residencias. 

El período de admisión de solicitudes se fijará anualmente por orden del consejero/a de Trabajo y se publicará en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña

Se anularán las solicitudes que coincidan, como mínimo en una persona, con otra solicitud recibida anteriormente para el mismo turno y la misma residencia.